Revocaron absolución de camionero y deberán condenarlo por homicidio culposo agravado

El hecho ocurrió en septiembre de 2020 en la ruta 55 en inmediaciones de Balcarce. En abril de este año lo absolvió la Justicia Correccional y la Cámara de Apelación y Garantías revocó esa decisión.

Lo resolvió la Cámara de Apelación y Garantías.

21 de Octubre de 2025 19:21

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías revocó la sentencia de primera instancia que absolvió a un camionero del delito de homicidio culposo agravado tras la apelación que presentó el abogado Maximiliano Orsini como representante  del particular damnificado y el fiscal Rodolfo Moure. Los jueces ordenaron el envío de las actuaciones al Juzgado de primera instancia para que se fije audiencia y se dé tratamiento al proceso de imposición de pena.

El hecho juzgado ocurrió la tarde del 21 de septiembre de 2020 cuando el camión que manejaba A.F.O. por la ruta 55 desde Balcarce con sentido a la Autovía 2, a la altura del kilómetro 80. La discusión se basó en la maniobra intempestiva que hizo en ese recorrido y que provocó que la camioneta que manejaba A.Z. tuviera que desviar su dirección de circulación hacia su izquierda, perdiendo el control del vehículo y terminando tras una serie de derrapes contra un puente angosto de ingreso de material.

La víctima era un mecánico que estaba probando una camioneta y sufrió gravísimas lesiones que le provocaron la muerte momentos más tarde por un paro cardiorrespiratorio producto del politraumatismo grave ocasionado.

Maximiliano Orsini y Rodolfo Moure.

En el debate la Jueza Correccional Inés Haydé Olmedo arribó a una sentencia absolutoria por considerar que existía una orfandad probatoria para acreditar la teoría de la acusación y descartó que el acusado hubiera violado el deber objetivo de cuidado exigido a todo conductor de un automóvil.

Para Orsini y Moure magistrada efectuó "una valoración parcial, fragmentada y selectiva del plexo probatorio que se aparta de los principios de la sana crítica". El abogado de la viuda de la víctima señaló que en esta instancia los Jueces valoraron correctamente la prueba y tuvieron en cuenta el cambio de testimonio que hizo el acompañante del camionero.

Lo resolvió la Cámara de Apelación y Garantías.

“Es muy importante para toda la familia y en lo personal esta resolución porque fueron muchos años de lucha procesal. El camionero había sido sobreseído por la Justicia de Garantías y logramos llegar a juicio donde fue absuelto e insistimos hasta lograr que la Cámara pusiera luz sobre los hechos”, aseguró el abogado a 0223.

Los Jueces Marcelo Madina, Pablo Poggeto y Alfredo Deleonardis entendieron que “Haciendo una valoración integral de la prueba producida, no puede más que concluirse que O. actuó imprudentemente aquel día 21 de Septiembre del año 2020 conduciendo el camión Volvo, disminuyó la velocidad sobre la ruta 55 e intentó una maniobra de giro a la izquierda cruzando el carril contrario, en momentos en que otro vehículo circulaba por la misma cinta asfáltica sin advertirlo, con el resultado acaecido”.

Por unanimidad hicieron lugar al recurso del particular damnificado y revocaron el fallo de la Jueza Inés Haydé Olmedo a cargo del Juzgado Correccional N°1 y declaró la responsabilidad penal de A.F.O. como autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo agravado. Si bien se enviaron las actuaciones al Juzgado de origen, el particular damnificado solicitaría que se declare incompetente y la audiencia para el proceso de imposición de pena se haga en otro Tribunal.