Confirmaron la condena al hombre que atropelló a una mujer, no la socorrió y escapó

Lo hizo la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías. La Justicia Correccional lo había condenado a tres años de prisión condicional e inhabilitado para conducir.

Lo resolvió la Cámara de Apelación y Garantías.

4 de Octubre de 2025 17:12

Por Redacción 0223

PARA 0223

Los Jueces Gastón de Marco y Alfredo Deleonardis confirmaron la decisión del Juzgado Correccional N°1 que condenó a un sujeto que en agosto de 2019 atropelló a una mujer de 85 años en la ciudad de Balcarce, no le dio ayuda y se dio a la fuga. De esta manera se ratificó la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y la inhabilitación para manejar por cuatro años.

Los miembros de la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías consideraron, a diferencia del planteo defensista, que la autoría de Horacio Antonio Bello quedó “sobradamente acreditada” a partir de haberse establecido que el vehículo que embistiera a la víctima, como demostraron las imágenes de las cámaras de seguridad, fue el Ford Focus color gris plata que era conducido por el imputado.

En la resolución a la que tuvo acceso este medio, se indicó que esa conclusión asertiva se corroboró con el análisis de las imágenes que permitieron ver su recorrido, incluyendo paradas intermedias, que el rodado presentó daños en su carrocería en el sector en el que la víctima fuera embestida y que de manera posterior al hecho registró “cuatro modificaciones en su aspecto exterior respecto del que lucía con anterioridad reveladores de la intención de tornar más dificultosa su identificación”.

El hecho ocurrió en Balcarce.

Tal como se informó oportunamente, en el debate que concluyó el 30 de abril pasado, la Jueza Inés Haydée Olmedo condenó a Bello por ser la persona que el 8 de agosto de 2019 Bello embistió a la víctima de 85 años en la intersección de Avenida Suipacha y calle 27, provocándole graves fracturas y lesiones incapacitantes. El hecho tomó inmediata relevancia y trascendencia pública, ya que el conductor se dio a la fuga sin auxiliar a la víctima, quien quedó abandonada en la vía pública.

Si bien en un primer momento la Jueza de Garantías Rosa Frende elevó las actuaciones a juicio, en septiembre de 2023 la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías revocó esa medida y dio el sobreseimiento del imputado en orden al delito de lesiones culposas agravadas por la conducción vehicular y calificadas por la fuga y omisión de auxilio.

Esa medida fue recurrida por el abogado Maximiliano Orsini como representante de la familia de la víctima y el 13 de junio del año pasado la Sala III del Tribunal de Casación Penal revocó la decisión y ordenó la realización del debate.

Fiscal Germán Vera Tapia.

La investigación impulsada por la fiscalía de Delitos Culposos estuvo en aquella oportunidad a cargo de la Subdelegación Departamental de Investigaciones (SubDDI) Balcarce que dirigía en ese entonces Maximiliano Blanco Río, con intervención directa del actual subcomisario Gastón Sánchez. Para el esclarecimiento del hecho fue fundamental la tarea de Andrea Arana, operadora del Centro de Monitoreo Municipal, quien mediante el análisis de cámaras de seguridad identificó el vehículo implicado y reconstruyó su recorrido antes y después del hecho.

Durante el juicio el fiscal Germán Vera Tapia y el abogado Maximiliano Orsini sostuvieron la acusación que terminó con una condena de tres años de prisión de ejecución condicional y cuatro de inhabilitación para conducir. Para el mantenimiento de la modalidad de ejecución Bello deberá fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados, no cometer nuevos delitos y realizar un curso de manejo defensivo ya sea en la ciudad de Balcarce o de Mar del Plata.

En esa primera sentencia a la que tuvo acceso 0223 se descartaron eximentes de la responsabilidad penal y se valoró como atenuante el buen concepto y la ausencia de antecedentes penales. En cuanto a los agravantes consideraron haber demostrado una falta absoluta de empatía con su semejante, que no lo conmovió pese haber atropellado a una persona.

“El intento de desviar el curso de la investigación al cambiar algunas características del automóvil para lograr su impunidad y su falta de arrepentimiento ante un suceso tan grave. La extensión del daño causado, al afectar la salud de la víctima siendo la misma una persona de avanzada edad que hace que su recuperación sea prolongada en el tiempo, conforme surge de las constancias médicas obrantes en la causa” también fueron valorados.