Polémica por un proyecto de Luciano Castro y Griselda Siciliani en Mar de Cobo
La pareja presentó los planos para construir una vivienda de casi siete metros de altura en la línea de playa y estalló la polémica. En las últimas horas, la comuna dio detalles del expediente.
Por Redacción 0223
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Luciano Castro y Griselda Siciliani compraron un terreno en Mar de Cobo sobre la línea de playa con el objetivo de construir allí una vivienda de veraneo, teniendo en cuenta que, por sus compromisos laborales es viable contar con una vivienda cercana a Mar del Plata.
El problema radicó en que la pareja presentó un pedido de excepción para su proyecto de construcción de una vivienda de 6.80 metros de alto en una zona en la que el alto promedio es de 5 metros. En las últimas horas, el Municipio presentó un comunicado en el que revela cuál es el estado del expediente del proyecto de los actores que se encuentra en tratamiento en el Honorable Concejo Deliberante.
“La Municipalidad de Mar Chiquita informa la situación del expediente presentado por los señores Luciano Castro y Griselda Siciliani, quienes solicitaron ante el Honorable Concejo Deliberante una excepción al Código de Ordenamiento Territorial para construir una vivienda, la cual cumplía con la Ordenanza 24/12, excepto en lo referido a la altura, ya que superaba el plano límite permitido para esta zona, en un lote ubicado en la localidad de Mar de Cobo, implantado sobre la primera línea de médanos”, indicaron en un texto al que tuvo acceso 0223 desde el Municipio.
En esta línea, la Dirección de Obras Privadas brindó información técnica correspondiente a la Ordenanza que regula las obras sobre médanos y establece un plano límite de 5 metros y la posibilidad de construir únicamente viviendas unifamiliares de un nivel. “Durante la revisión técnica se constató que el proyecto excedía la altura permitida, motivo por el cual debió ser remitido al Concejo Deliberante para su tratamiento como excepción, conforme a la normativa vigente”, aseguraron.
“Es importante destacar que, si bien la Ordenanza 24/12 es de aplicación municipal, el organismo competente en zonas de médanos y riberas es la Autoridad del Agua (ADA), autoridad de aplicación del Código de Aguas. Por tal razón, el expediente —actualmente en tratamiento en el Honorable Concejo Deliberante— se encuentra a la espera del informe técnico del ADA, necesario para determinar la viabilidad del proyecto”, agregaron.
Esta intervención se encuentra respaldada por la Resolución ADA Nº 1521/2025, dictada este año, que establece la actuación del organismo en toda obra que implique una modificación material o jurídica de las condiciones actuales de las riberas marítimas o fluviales bonaerenses.
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