Malas noticias para Griselda Siciliani y Luciano Castro con su proyecto de vivienda en la costa atlántica bonaerense
El Concejo Deliberante de Mar Chiquita declaró improcedente el pedido de excepción de los famosos actores para edificar una vivienda en la franja costera de Mar de Cobo.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El pedido de excepción para construir una vivienda en Mar de Cobo, impulsado por los actores Luciano Castro y Griselda Siciliani, fue formalmente rechazado tras una sesión extraordinaria del Concejo Deliberante de Mar Chiquita realizada el último viernes 28. La decisión quedó plasmada en un despacho de comisión que se apoyó, de manera central, en el informe técnico de la Autoridad del Agua (ADA) de la provincia de Buenos Aires y en la normativa vigente que regula el uso del suelo en toda la franja costera.
Según el documento aprobado, luego de evaluar los fundamentos presentados por los solicitantes, el marco legal provincial y el dictamen de la ADA, se concluyó que la solicitud resulta “jurídicamente improcedente”. El texto remarca que ninguno de los argumentos expuestos logra justificar una excepción a las restricciones ambientales, hídricas y territoriales de orden público establecidas por el Código de Aguas, el decreto de ley 8912/77 y las demarcaciones de la línea de ribera.
Línea de ribera
En ese sentido, el despacho recordó que el artículo 142 del código de aguas prohíbe expresamente el loteo y la construcción en una franja de 150 metros contados desde la línea de ribera hacia el continente. Esta restricción también alcanza a los médanos y cadenas de médanos, aun cuando se encuentren a mayor distancia, con el objetivo de resguardar el dominio público y garantizar la seguridad de los asentamientos humanos.
Además, se citó el decreto 3511/07, que reglamenta la ley 12.257 y precisa que el punto de medición debe tomarse desde la línea de ribera. En el caso de ambientes marinos arenosos, como ocurre en Mar de Cobo, ese límite se fija en el pie del médano frontal o espaldón de playa. A su vez, fueron mencionadas las resoluciones dictadas por la Autoridad del Agua en 2014, mediante las cuales se aprobaron las actas de demarcación correspondientes al partido de Mar Chiquita.
El despacho también fue claro al señalar que las excepciones contempladas en dichas resoluciones sólo pueden aplicarse a viviendas ya preexistentes, quedando excluidos los terrenos vacíos o parcelas sin edificación, como ocurre en este caso.
Por otra parte, se informó que la municipalidad elevó un pedido a la provincia para realizar una nueva demarcación de la línea de ribera. No obstante, ese expediente aún se encuentra en etapa de análisis técnico, por lo que se mantiene plenamente vigente el marco restrictivo actual.
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