Esposo de la encargada tiró al piso y golpeó a propietario en una asamblea de consorcio

Los hechos ocurrieron en marzo de 2019. La Cámara de Apelación y Garantías confirmó el fallo de un año de prisión de ejecución condicional y una restricción de acercamiento de 300 metros de la víctima.

La resolución la tomó la Sala II.

7 de Noviembre de 2025 08:22

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías confirmó el fallo del Juzgado Correccional N°4 que condenó a un hombre a un año de prisión de ejecución condicional por agredir al propietario de un departamento tras una asamblea de consorcio en marzo de 2019 resuelto tras un acuerdo de juicio abreviado.

Los Jueces Adrián Angulo y Marcelo Madina confirmaron el fallo que condenó al imputado a la pena de un año, el pago de las costas del proceso y la obligación de fijar residencia y someterse al control del Patronato de Liberados. También confirmaron la prohibición de acercamiento absoluto a un radio de trescientos metros en relación a la víctima, de contacto con la misma por cualquier medio y realizar una entrevista profesional a los fines de que determine si es necesario realizar un tratamiento psicológico.

En el fallo original se dio por probado que la tarde del viernes 29 de marzo de 2019, aproximadamente a las 18 horas en el acceso al hall del edificio donde se desarrollaba una asamblea de consorcio, D.H.G. interceptó al propietario R.E.N. con una actitud agresiva, lo insultó y le profirió amenazas de muerte al tiempo que le recriminaba interferir con la actividad laboral de su pareja, que era la encargada del edificio.

La agresión fue tras una asamblea de consorcio.

Mientras el propietario intentaba disuadirlo, G. se le abalanzó, presionándole el cuello con ambas manos, acorralándolo violentamente contra el sector de ingreso al edificio: sin soltarlo, lo introdujo adentro del hall, donde lo arrojó al piso, reteniéndolo aprisionado con su cuerpo encima, propinándole una serie de golpes de puño en el rostro, y otras partes del cuerpo.

El ataque continuó así hasta la intervención de terceros que intercedieron en favor de la víctima que a causa de la golpiza sufrió escoriaciones lineales dos a nivel de región escapular, escoriaciones, hematomas y edema de ojo derecho, escoriaciones lineales a nivel de brazo derecho y lesión en el hombro, con síndrome de stress post traumático que requirió asistencia psiquiátrica, lesiones en conjunto que demandaron un tiempo mayor al mes para su resolución.

"Este paciente luego de la agresión experimentó además de lesión del hombro, un síndrome de stress post traumático que obliga a medicarlo y a concurrir al psiquiatra. Las lesiones demandarán tiempo mayor de un mes para resolverse salvo complicaciones con igual inutilidad para el trabajo son graves" dijo el informe oficial que derivó en el cambio de calificación, elevación a juicio y acuerdo de juicio abreviado.

El fallo original fue del Juzgado Correccional N°4.

Madina y Angulo sostuvieron que los planteos de la defensora oficial Gabriela Peña no podían prosperar. “Claramente era el debate oral el ámbito natural para interrogar a los peritos oficiales, ofrecer los suyos, etc., todo ello con miras a cuestionar la calificación legal, por ello la tardía protesta del recurso de apelación contra la sentencia de juicio escrito aparece ineficaz para enervar el valor de los dictámenes médicos”, argumentaron.

“La relación entre los hechos y el resultado de los estudios médicos demuestran proximidad y vinculación material. De allí que aún cuando no se hubieran efectuado el día del hecho (29 de marzo de 2019) datan del 4 de abril de dicho año, es decir apenas seis días después del mismo y a su vez refieren lesiones en hombro derecho, absolutamente compatibles con la mecánica del episodio fáctico, puesto que N. sufrió golpes en la cara y demás partes del cuerpo y fue arrojado al piso”, agregaron.

En la misma resolución a la que tuvo acceso 0223, los Jueces hicieron lugar al recurso de apelación de la defensa respecto de la regulación de honorarios del representante del particular damnificado. Si bien el acuerdo de juicio abreviado se plantea entre la fiscalía y la defensa, en la audiencia del pasado 13 de Junio cuando la defensa reiteró el pedido de suspensión de juicio a prueba hubo una oposición expresa del particular damnificado y se llegó al consenso de condena.