La Justicia marplatense no hizo lugar a un planteo de Mar Chiquita contra una medida de Milei y mandó la causa a Caba
El Municipio pidió la suspensión de una resolución que prohíbe cobrar tasas en boletas de servicios. Alertó que corre riesgo el funcionamiento del alumbrado público. El juez Martín consideró que la demanda debe tramitarse junto a una inicial presentada en Buenos Aires por una asociación.
El juez federal Santiago Martín resolvió enviar a Buenos Aires la demanda que en diciembre presentó la Municipalidad de Mar Chiquita para que se suspenda la resolución del gobierno nacional que prohibió el cobro de tasas municipales en las facturas de servicios. El magistrado consideró que la causa se debe tramitar en conjunto con una original que presentó previamente una asociación civil, en este caso en favor de la postura de Milei.
La demanda fue presentada en diciembre por el intendente Walter Wischnivetzky con el fin de que se declare la inconstitucionalidad de la Resolución 267/24 dictada en septiembre por la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, peticionando a su vez una medida cautelar para suspender la aplicación de la medida respecto al Municipio de Mar Chiquita.
Wischnivetzky expuso que la resolución violenta derechos constitucionales, vulnera derechos adquiridos, afecta la seguridad jurídica y violenta la autonomía municipal, donde desde hace 20 años la Comuna cobra la tasa de alumbrado público través de las facturas de Edea y de dos cooperativas que prestan servicios en el distrito.
En la presentación expuso que la posibilidad está avalada por la Ley Provincial 11.769 y a través de convenios con las empresas prestatarias que tienen vigencia hace 20 años sin que hayan sido objetados ni individual ni colectivamente. “La Resolución 267/2024 atenta contra la autonomía municipal y no medió las perjudiciales consecuencias que generaría, provocando la suspensión o interrupción del servicio de alumbrado afectando gravemente el interés público”.
Corrido el correspondiente traslado, el fiscal federal Santiago Eyherabide consideró que se encontraban dados los requisitos formales de procedencia a través de u dictamen, por lo que recomendó la habilitación de la instancia judicial. Sin embargo, el Juzgado Federal N°2 de Mar del Plata tomó otra postura.
En una resolución conocida este martes, el juez Santiago Martín estimó que la demanda de Mar Chiquita tiene “sustancial semejanza” a una causa que desde antes en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por lo que resolvió remitir la presentación del municipio bonaerense a dicho juzgado. Expuso que dicha postura se debe tomar "para evitar decisiones contradictorias que pudieran provenir de magistrados competentes en otras causas colectivas con el mismo objeto".
En este caso, se trata de una demanda impulsada por la Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios de la Argentina (Adecua), pero con otro enfoque, ya que la entidad reclama que las empresas eléctricas cumplan con la Resolución 267/24, dado que seguían facturando tasas en sus boletas. Hasta el momento, el juez federal Santiago Carrillo dictó una medida cautelar donde ordenó a Edenor, Edesur y Naturgy Ban discriminar en las facturas los cargos correspondientes a tasas, mientras se analiza el reclamo de fondo.
En tanto, el juez federal marplatense tampoco tomó una decisión sobre la cautelar solicitada por Mar Chiquita, lo cual ahora deberá ser resuelto en el juzgado porteño. Esta es la segunda decisión que en pocos días tomó Santiago Martín en favor del gobierno nacional, luego que a mediados de febrero suspendiera a través de una cautelar la realización de una jornada de memoria impulsada en el Faro de la Memoria en el excentro clandestino que funcionaba en dicho lugar. El juez dio por acreditado el planteo del Ministerio de Justicia sobre que las actividades no contaban con autorización de Nación y que además se ponía en riesgo la integridad de los asistentes y de las instalaciones.
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