Choferes de apps tras la reglamentación: “No ha cambiado nada en nuestra situación”

Desde Uber señalaron que no se modificaron los requisitos para conductores y vehículos, pero advirtieron que todavía resta definir cómo se identificarán.

Desde Uber, aseguran que su situación no cambió en absoluto.

11 de Octubre de 2026 11:40

Por Redacción 0223

PARA 0223

Finalmente, el Municipio avanzó con la reglamentación de la Ordenanza Nº 27.001 sancionada en junio, que establece las condiciones que deben cumplir las aplicaciones de transporte para operar legalmente en el partido de General Pueyrredon.

A través del Decreto 1978/26 firmado por el intendente Guillermo Montenegro, se fijaron plazos y requisitos administrativos, además de obligaciones vinculadas con la información que deberán poner a disposición de las autoridades.

En ese marco, choferes de aplicaciones explicaron a 0223 que la normativa apunta principalmente a regularizar la situación de las plataformas, pero que no introduce cambios en las condiciones que deben cumplir los conductores y los vehículos: “Básicamente, lo que marca son bases y condiciones para que las empresas puedan ponerse a tiro, en línea con el Municipio y hagan todo legalmente, se registren y demás”.

Según detallaron, las empresas cuentan con un plazo inicial de 45 días para presentar la documentación requerida y empezar la inscripción. Entre los requisitos figuran la acreditación de su situación ante los organismos tributarios como Arca y Arba, la constitución de un domicilio en General Pueyrredon y la designación de un representante legal.

Además, deberán acreditar cuestiones institucionales, como la titularidad y los estatutos de las empresas, y las actualizaciones de sus sistemas de software. Fija también la información que las plataformas tienen que proporcionar a la autoridad de aplicación, que en este caso es la Dirección General de Transporte.

“Hasta el momento son cosas que guardan una lógica y responden a lo que ya se había planteado anteriormente”, expresaron los choferes y agregaron que las empresas deberán facilitar datos básicos de los usuarios, como su nombre, identificación de cuenta y estado de actividad, e información más sensible, como la geolocalización y el historial de viajes, en caso de eventuales requerimientos judiciales.

Los requisitos para los choferes siguen vigentes

Desde Uber, aclararon que el decreto no modifica las condiciones exigidas a quienes trabajan con las aplicaciones de transporte. En esa línea, se mantienen los parámetros previstos antes para los vehículos, entre ellos la antigüedad máxima de 15 años y la documentación correspondiente.

Para los conductores, continúa vigente la exigencia de contar con antecedentes penales actualizados y con una licencia profesional D1 emitida por General Pueyrredon. “Esta reglamentación no determina ninguna disposición nueva ni modifica nada de la ordenanza anteriormente promulgada con respecto a los choferes y a los vehículos”, sintetizaron.

Para cerrar, sí señalaron un aspecto pendiente, que es la identificación de los vehículos de transporte de pasajeros mediante plataformas. Según explicaron, la reglamentación no precisa cómo será ni establece cuándo deberán colocarse los distintivos.

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