Denuncian que choferes de apps falsifican antecedentes penales con inteligencia artificial

Remiseros afirman que “truchan” la documentación y reclaman mayores controles del estado municipal. “Descubrieron choferes que estuvieron presos”, afirmaron.

Remiseros cuestionan la normativa que regula a las apps de transporte en Mar del Plata. Foto ilustrativa.

27 de Octubre de 2026 15:47

Por Redacción 0223

PARA 0223

A partir del 6 de enero de 2027 comenzará a regir en Mar del Plata la ordenanza N° 27.001, que regulará el funcionamiento de las aplicaciones digitales de transporte como Uber, DiDi o Cabify. Sin embargo la normativa sigue encontrando resistencia por parte de taxistas y remiseros, que siguen cuestionando su aprobación y advierten que el Municipio “no podrá controlar” a las multinacionales.

Guillermo Messina, un referente de los remiseros en la ciudad, denunció que hay choferes de aplicaciones que falsifican la documentación para trabajar. “Estas empresas extranjeras no controlan una cosa tan simple el no tener antecedentes policiales. Algunos los falsifican con inteligencia artificial”, afirmó esta mañana a Extra Radio FM 102.1.

Para el titular de la empresa Remicoop, la tarea no es compleja porque el trámite no es regulado por el gobierno. “Lo suben a una página de China o de Noruega, o del país que sea. Pero a ningún organismo oficial. Estas empresas no van a tener ninguna oficina física para reclamar en Mar del Plata. Y el Municipio no va a poder controlar nada. El estado de contralor lo debería hacer la Nación”, aseguró.

Messina contó que hace unos años cuando comenzaron a funcionar de manera ilegal las plataformas de transporte, unos choferes hicieron una prueba para verificar si estas apps podían chequear datos personales y se llevaron una sorpresa. “Uno creó un perfil falso de Pablo Escobar, con la foto del jefe narco y lo aceptaron. Estuvo unos días hasta que luego lo cancelaron. Es decir, es muy fácil inventar perfiles truchos. Y así pasan estas cosas, de choferes que están metidos en robos o cosas peores. Descubrieron choferes que estuvieron presos”, cuestionó.

“El problema es desde el momento que el Estado Municipal dice que la empresa debe regular. Imagínate que es como darle al «Gordo» Valor a que te cuide los camiones de caudales”, ironizó.

Cómo controlará el Municipio a las aplicaciones

Los artículos 8 y 9 del Decreto 1978/26 -que reglamenta la Ordenanza N° 27.001- establecen los mecanismos mediante los cuales el gobierno local podrá fiscalizar a los conductores y los vehículos que prestan el servicio. Las empresas deberán habilitar un método de consulta acordado con la autoridad municipal que permita verificar esa información y mantenerla actualizada de manera automática. El mecanismo deberá ser compatible con las políticas de privacidad de las plataformas y con la legislación vigente sobre protección de datos personales.

Remiseros cuestionan la normativa que regula a las apps de transporte en Mar del Plata. Foto ilustrativa.

Entre la información que el Municipio podrá consultar sobre cada conductor figuran su nombre y apellido, DNI, CUIT o CUIL, estado dentro de la plataforma, fecha de alta y baja, y los datos de la licencia de conducir, incluida su categoría, organismo emisor y vencimiento. También deberá poder corroborar si el requisito de antecedentes penales se encuentra vigente y qué vehículo tiene autorizado.

Qué deberán presentar las empresas para inscribirse

La reglamentación detalla la documentación que deberán aportar las empresas para integrar el registro municipal. Entre otros requisitos, tendrán que presentar sus estatutos o contratos sociales, constancias de inscripción ante los organismos correspondientes, domicilio especial en General Pueyrredon y un domicilio electrónico válido para recibir notificaciones.

También deberán acreditar que son titulares de la aplicación o que cuentan con los derechos, licencias, autorizaciones o acuerdos comerciales necesarios para utilizarla y explotarla. Cuando la plataforma pertenezca a un tercero, tendrán que presentar la documentación que respalde la autorización para operar en el partido. A su vez, deberán designar un responsable de cumplimiento normativo y un canal de contacto operativo permanente para atender los requerimientos de la autoridad municipal.

La inscripción en el registro será un requisito específico del régimen establecido para las aplicaciones de transporte. El decreto aclara que no implica, por sí misma, la obligación de obtener una habilitación comercial, aunque las empresas que desarrollen actividades económicas en establecimientos físicos dentro del partido deberán contar con la habilitación municipal correspondiente.

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