Otorgan una salida transitoria cada dos meses a una mujer para que afiance vínculos familiares
Lo dispuso la Cámara de Apelación y Garantías. Paola Brandán está detenida desde agosto de 2024 y su pena vence en febrero de 2029.
Por Redacción 0223
PARA 0223
La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías revocó una decisión del Juzgado de Ejecución Penal e incorporó a una mujer condenada a cuatro años y medio de prisión al régimen de salidas transitorias para afianzar vínculos familiares, una vez cada dos meses por diez horas con la tutoría de su hija.
La defensa de Paola Brandán argumentó que la mujer está detenida desde agosto de 2024, que la pena vence en febrero de 2029 y que está en término para la libertad asistida desde agosto de 2028 y para sus salidas transitorias desde septiembre de este año.
Ante los Jueces Gastón de Marco y Leandro Favaro argumentó que hizo cursos, talleres, que está cursando la escuela secundaria y que ha aprovechado al máximo las herramientas tratamentales por lo que no había razón para impedir y obstaculizar el avance en la progresividad.
Los miembros de la Sala entendieron la necesidad de sopesar los aspectos positivos sobre los negativos e indicaron que “hay muchas cosas positivas para valorar que surgen del informe y que permiten asumir esta responsabilidad de otorgarle una salida transitoria cada dos meses”.
“Su desempeño institucional no puede dejar de merituarse a su favor. Tiene una conducta ejemplar 10 con concepto bueno; no registra sanciones disciplinarias; tiene un documento de reserva conveniente”, agregaron.
Los magistrados recomendaron que continúe asistiendo al espacio de psicoterapia individual y al dispositivo vinculado con el abordaje del consumo problemático de estupefacientes. Remarcaron que a partir de una tendencia a actuar sin prever las consecuencias de sus actos, el régimen de egresos será más acotado al menos de momento hasta que pueda demostrar que se encuentra apta para un régimen más laxo.
Los Jueces otorgaron a Paola Brandán una salida transitoria el primer domingo cada dos meses entre las ocho de la mañana y las seis de la tarde que deberá cumplir en el domicilio pactado del cuál no podrá salir porque eso sería una violación al beneficio y consecuentemente tendría su revocación inmediata.
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