Escuelas bajo amenazas de tiroteos: cuál es la pena para los menores y qué pasa con sus padres
Desde el Fuero Penal Juvenil dieron detalles de cuál es la pena prevista por este tipo de delitos y qué responsabilidad recae en sus progenitores. Qué castigos incorpora el nuevo régimen penal.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Mientras la justicia busca a los responsables de una serie de amenazas de tiroteos a escuelas de Mar del Plata, el caso que encendió las alertas en la tarde de ayer sigue generando repercusiones.
Walter Martínez Soto, fiscal del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil de Mar de Plata aseguró que los jóvenes que vayan a ser identificados como los autores de este tipo de amenazas, serán “procesados por el delito de intimidación pública, que establece una pena de hasta seis años de prisión” y explicó que en relación a la responsabilidad que pesa sobre los padres, “desde el punto de vista del delito penal, no existe”, dijo en diálogo con FM Extra, 102,1.
El pago de daños y prejuicios
En ese análisis, el fiscal expuso que “no le puedo decir que los padres son responsables de tal acto penal, del daño, lesiones, algo que hagan los chicos pero lo cierto es que es una realidad que indirectamente lo terminan siendo. Porque si los chicos son condenados, no solo a cumplir una pena, sino al pago de daños y perjuicios, (los menores) no tienen los medios económicos para solventarlo, por la cual, de alguna manera, lo van a tener que pagar. Salvo que quieran dejarlo insolvente a su hijo para toda la vida”, evaluó.
“A partir de los 16 años (estos delitos) es un acto mucho más grave, mucho más responsable y serio como que es votar. Entonces, también, en este punto, se tiene que ser responsable de los actos que hacen, a título de broma. Como que mañana escriban «van a matar a todos» y se ríen y lo publican. Miren, eso no es una broma: el simple hecho de ir a un baño, como hemos detectado en varios lados, y pintar con tinta indeleble, ya es un daño. Ya es el desprecio hasta donde ellos están estudiando”, indicó.
Qué pasará con el nuevo régimen penal
Consultado acerca de los últimos cambios en las penas del régimen penal, Martínez Soto aclaró que “la ley nueva va a entrar en vigencia a principios de octubre, fines de septiembre, conforme a los seis meses de espera para el acondicionamiento de los distintos dispositivos para el funcionamiento de la ley. Hoy por hoy rige la ley 22.278. Esa ley establece una pena hasta seis años de prisión. No implica que no vaya a ser procesado. Pero a partir de octubre, si esto pasa, sí quedaría detenido”, concluyó.
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