Crimen de Lucía Pérez: 8 años para Farías y Offidani y Maciel absuelto

El Tribunal 1 dio a conocer la sentencia por el caso que conmovió al país. Los condenaron por la venta de estupefacientes y fueron absueltos por el delito de abuso sexual seguido de muerte. 

El Tribunal condenó a Farías y Offidani por venta de drogas, pero los absolvió por la muerte de Lucía. Foto: Romina Elvira/0223. 

26 de Noviembre de 2018 14:39

Por Redacción 0223

PARA 0223

En un fallo que estuvo lejos de las pretensiones de los familiares de Lucía Pérez, el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de Mar del Plata resolvió condenar a Matías Farías y Juan Pablo Offidani a la pena de 8 años de prisión por el delito de venta de estupefacientes. Para los jueces no se pudo comprobar el abuso sexual. En tanto, Alejandro Maciel fue absuelto por la Justicia. 

 

Para los jueces Facundo Gómez Urso, Aldo Carnevale y Pablo Viñas, Farías y Offidani son responsables del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, con el agravante de que era suministrada a menores de edad y en cercanías de una escuela. Sin embargo, los magistrados entendieron que a lo largo del debate no hubo elementos suficientes para comprobar que la adolescente fue violada y asesinada por lo que fueron absueltos por ese delito. 

El tribunal resolvió hacer una lectura corta de la sentencia, ante la presencia de los familiares y una importante cantidad de gente que se acercó a acompañar a los familiares de la adolescente.

 

Más allá de que todavía no se conocen los detalles de lo resuelto por los jueces, sí se anticipó que una copia de la resolución irá al Procurador de la Suprema Corte de Justicia Bonaerense, Julio Conte Grand, para que analice la actuación de la fiscal María Isábel Sánchez, la primera que tuvo intervención en el caso. La actuación de Sánchez, que en un primer momento aseguró que Lucía había sido violada, empalada y que había muerto por el dolor de las agresiones, quedó en el ojo de la tormenta.

Además, los magistrados también solicitaron que se evalúe la actuación de un perito forense y el técnico eviscerador que durante el juicio dijo que no se podía comprobar que el cadáver de Lucía haya sido lavado antes de que lo llevasen a la unidad sanitaria de Playa Serena, algo que se había afirmado durante la etapa de instrucción.