Robó y lo condenaron a una pena en suspenso: el juez lo obliga a recorrer la cárcel para que se "enderece"
Se pactó una pena de dos años y medio tras un juicio abreviado. La medida es para que el joven “dimensione verdaderamente una condena tras las rejas”.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Un joven de 18 años que junto a dos adolescentes había robado distintos objetos del interior de una vivienda y que meses más tarde fue aprehendido cuando circulaba en una motocicleta con pedido de secuestro fue condenado a dos años y medio de prisión en suspenso tras la validación de un juicio abreviado. El dato saliente de la sentencia es que el juez interviniente dispuso que Hugo Gabriel Ramos visite con personal del Tribunal la Unidad Penal 15 de Batán para tomar conciencia del encierro efectivo que tendrá durante ese término si incumple reglas de conducta o comete otro delito.
Más allá de no poder elevar la pena y la modalidad condicional pactada entre las partes que presentaron el acuerdo de juicio abreviado, el Juez Juan Manuel Sueyro planteó la necesidad de que el joven tome dimensión de lo que podría sucederle si incumple las reglas de conducta y la pena se torna de efectivo cumplimiento.
El primero de los hechos ocurrió el 16 de febrero de 2017 cuando ingresó junto a dos adolescentes a una vivienda ubicada en Unamuno al 2400 tras forzar el alambrado perimetral y robó dos notebooks, una cámara fotográfica y un par de zapatillas. Al momento de escapar del inmueble fue aprehendido por personal policial.
Cuatro meses más tarde Ramos fue interceptado durante un control policial de rutina mientras circulaba en una motocicleta Motomel Skua. Al momento de revisar el rodado descubrieron que el mismo tenia pedido de secuestro activo por robo y se le formó una causa por encubrimiento. Ambos hechos formaron parte del acuerdo de juicio abreviado que fiscalía y defensa presentaron en el Tribunal Oral en lo Criminal 3 y que el Juez resolvió en las últimas horas.
Un verdadero llamado de atención
En la sentencia a la que tuvo acceso 0223, el magistrado entendió que era posible pensar que la reiteración delicitiva del imputado había sido consecuencia de "malas juntas", de hábitos inadecuados, o de extensión de tiempos de vagancia. “Vi a una persona muy joven, que cometió un delito y sin contar con experiencia carcelaria decidió participar en un segundo hecho, a quien ninguna consecuencia negativa le había ocasionado la comisión de un robo pues se había suspendido el juicio en su favor y con mínimas reglas de conducta”, sostuvo.
“Hoy toca determinar una pena en su perjuicio, de hasta dos años y medio de prisión en suspenso en virtud del acuerdo presentado, y se corre el riesgo que esa modalidad de ejecución lo mantenga en el criterio equivocado de pensar ‘acá no pasó nada’, muy equivocado porque sufrirá encierro efectivo durante ese término si incumple reglas de conducta o comete otro delito. Más allá de lo expresado, comparto por varias razones la modalidad suspensiva pactada en el acuerdo de juicio abreviado, porque la experiencia deja verlo en los primeros pasos de la criminalidad y porque en la audiencia se informó que estaba trabajando regularmente con su padre, que se había alejado de personas con las que antes tenía trato”, agregó.
Sueyro confesó que tenía presente que Ramos no llegó a conocer las miserias de una verdadera Unidad Penal y que deseaba en lo personal que dimensione verdaderamente una condena tras las rejas “para que sepa cual será la consecuencia si no cambia su actitud frente a la vida”. “Con el propósito de materializar esa intención, Ramos deberá concurrir con personal de este Tribunal a la visita institucional que se llevara a cabo a la Unidad Penal 15 de Batán, oportunidad en la que podrá conocer las instalaciones y conversar con los internos de mediana y máxima seguridad”, sostuvo.
Tras declarar a Hugo Ramos coautor responsable de los delitos de robo doblemente agravado en grado de conato, por su comisión en poblado y en banda y por la intervención de menores de edad y de encubrimiento, hechos que concurren materialmente entre sí, lo condenó a dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional.
Además de la visita a la Unidad Penal 15 de Batán que se hará efectiva en las próximas horas, el joven deberá fijar domicilio y no mudarlo sin previa comunicación; someterse al control del Patronato de Liberados y realizar un tratamiento para mitigar su posible problemática adictiva en caso que un profesional de la Asesoría así lo determine.
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