"Psicosis crónica con ideación delirante": la extraña patología de Néstor Arrativel

Así lo dictaminaron los profesionales médicos que entrevistaron y evaluaron al hombre de 54 años que provocó el incendio histórico en la distribuidora de Torres y Liva.

10 de Diciembre de 2020 15:27

Por Redacción 0223

PARA 0223

Los profesionales de la salud que entrevistaron y evaluaron a Néstor Gustavo Arrativel, el acusado que irá a juicio por el incendio histórico en la distribuidora de Torres y Liva ocurrido el 15 de diciembre de 2019, determinaron que padece una "esquizofrénica tipo residual y paranoide" y una "psicosis crónica con ideación delirante".

En los dictámenes médicos que se suministraron a la causa y a los que tuvo acceso 0223, los psiquiatras oficiales de la Asesoría Pericial Departamental de Mar del Plata sostuvieron que la persona en situación de calle "no pudo comprender la criminalidad del acto por una alteración morbosa de sus facultades mentales, por lo que no tuvo capacidad para delinquir".

Para los peritos médicos, Arrativel presenta una sintomatología compatible con una "psicosis esquizofrénica tipo residual-crónica y de tipo paranoide", por lo que, a prima facie, "no se encuentra capacitado psíquicamente para estar sometido a proceso penal, no comprende los alcances y vicisitudes que esto implica".

Bajo ese razonamiento, los mismos profesionales entendieron que el acusado de 54 años padece de una "psicosis crónica con ideación delirante" y consideraron que esa condición fue la que lo llevó a provocar el incendio en Torres y Liva de Rivadavia y 20 de Septiembre así como otro tipo de ataques a edificios. "Esto lo lleva a cometer actos que revisten peligrosidad para sí y especialmente para terceros", argumentaron.

El análisis de los peritos estuvo en sintonía con las primeras evaluaciones que habían trazado psiquiatras del Hospital Interzonal General de Agudos (Higa) Dr. Oscar Allende - previo al histórico siniestro - donde en una entrevista Arrativel manifestó "algo compatible con una ideación delirante crónica cuando le consultó por qué vivía en la calle y por qué no en un parador".

"El hombre tenía el discurso levemente desorganizado y le costaba mantener una idea directriz o redondear una idea que quería trasmitir", declararon los especialistas en la causa, aunque en esa primera entrevista reconocieron que no surgió la "idea alguna de dañar a alguien o dañarse a sí mismo".

A pesar de que algunos dictámenes dan cuenta que la persona en situación de calle "no se encuentra capacitado psíquicamente para estar sometido a proceso penal", la jueza Rosa Frende, en su dictamen, entendió que es necesaria la instancia del juicio para imponer una medida de seguridad que resguarde a la sociedad de la potencial "peligrosidad" que representa el autor del incendio.

En la resolución donde decide llevar la causa a debate oral y público, la magistrada que está al frente del Juzgado de Garantías Nº3 no solo tuvo en cuenta el fuego dantesco que el entrerriano desató en Torres y Liva sino su intervención en otros dos ataques de similares características y con pocos días de diferencia: ocurrieron el 10 y 16 de diciembre de 2019 y ambos tuvieron como blanco el local "Sabrina", de Rivadavia al 2499, tal como se consigna en el expediente al que accedió este medio.

Los dos episodios, que se suman a la calificación de la imputación final por el delito de "daños", ocurrieron a las 4 y las 5.20, respectivamente. En las dos oportunidades, Arrativel intentó dañar el medidor de energía eléctrica que abastece al comercio y que se encuentra ubicado sobre la calle Santiago del Estero al 1746.

En este marco, la funcionaria judicial también recordó, tal como planteó la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) Nº6 de Juan Pablo Lódola, que la imposición de medidas de seguridad "requiere la previa observancia de las normas relativas al juicio", según lo que ya está establecido en el artículo 31 inciso 1º del Código de Procedimiento Penal, lo cual también fundó como principal argumento para rechazar el pedido del  sobreseimiento prematura en la etapa de investigación que elevó la abogada defensora María Victoria Sosa.

Además, la jueza de Garantías advirtió que la medida con la que pide avanzar la defensa oficial de Néstor Arrativel "produce la suspensión del curso regular del proceso de modo tal que en forma definitiva no se lo puede continuar, produciéndose la clausura" de la investigación de las circunstancias de la tragedia. "La imputación se encuentra acabadamente probada con el grado de certeza que la instancia requiere", ratificó, por otra parte.

La persona en situación de calle será enjuiciada por el delito de "incendio agravado por peligro de muerte para las personas y daño en concurso material entre sí", que contempla una pena en expectativa de entre 3 y 15 años de prisión. A lo largo de los últimos meses, también por decisión de Frende, el acusado permanece aislado en el área de Sanidad de la Unidad Penal Nº44 de Batan, bajo tratamiento psicológico y psiquiátrico, con medicación, según lo que pudo constatar este medio en el Servicio Penitenciario.