Mató a un joven tras una pelea de bandas: 10 años y 8 meses de prisión

Juan Carlos Páez fue condenado este viernes por el TOC 3. Armas, disparos, “points” de droga, hurto y ajustes de cuentas para los jueces moneda corriente en esta causa.

El juicio se hizo en el Toc 3. (Foto: archivo 0223).

21 de Febrero de 2020 15:54

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un joven de 20 años acusado de matar a otro de un disparo en el pecho como cierre de un día de enfrentamientos, robos, amenazas y disparos entre bandas en el barrio Parque Palermo fue condenado este viernes a diez años y ocho meses de prisión por el Tribunal Oral en lo Criminal 3. Juan Carlos “Pepo” Páez estuvo un mes prófugo tras matar a Ricardo Rodríguez por lo que el vencimiento provisorio de la pena va a operar el 13 de julio de 2029.

En la sentencia que se conoció este mediodía, los jueces Mariana Irianni, Juan Manuel Sueyro y Fabián Riquert plantearon a partir de las testimonios recabados durante el debate la falta de contención del Estado para evitar situaciones que aumentan la violencia de las acciones entre las personas que viven en la periferia de la ciudad.

“Armas escondidas en las piedras, disparos y balaceras a discreción, conocidos ‘points de drogas’, violaciones de domicilio a medianoche a la vista de niños y mayores, aprietes, hurtos y ajustes permanentes de cuentas al margen de cualquier sistema son, en estos confines, moneda corriente”, señalaron.

El robo de la moto, la búsqueda, el enfrentamiento

El detalle presentado por la fiscal Andrea Gómez durante el debate permitió establecer que la noche del 2 de octubre del 2018 César Ferras sufrió el robo de su motocicleta Motomel Squash 150 cuando fue a comprar drogar al “chapón”. Tras el hecho, fue a la casa de Ricardo “Riqui” Rodríguez en busca de ayuda para recuperarla.

A partir de allí comenzó una serie de visitas a distintas casas del barrio con ingresos sin permiso “violando la intimidad de domicilios y revisándolos sin miramientos”. Así llegaron a la casa de “Pepo” Páez en la convicción de su relación con el hecho sufrido minutos antes.

Un testigo describió en el juicio que en la calle había varias personas discutiendo, que se generó una discusión “a los gritos y a las puteadas”. Según su relato “Riqui” estaba en inmediaciones de las calles Lobería y Mario Bravo cuando “Pepo” salió y a una distancia no mayor a los dos metros efectuó varios disparos.

Si bien en otras declaraciones se dijo que “Riqui” cayó tras el primer disparo, muchos coincidieron que llegaron a escuchar entre seis y siete detonaciones más. Ese fue uno de los puntos argumentados por el abogado defensor Gonzalo La Menza para plantear que la autoría material del hecho no estaba demostrada y que subyacía una legítima defensa o en su caso un exceso del permiso legal.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 los magistrados descartaron cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y valoraron como atenuantes la ausencia de antecedentes y el buen concepto presunto. En cuanto a los agravantes tuvieron en cuenta el peligro corrido por las ocasionales personas que se encontraban en el medio de la balacera.

Tras calificar los hechos como constitutivos del delito de homicidio simple con agravante del uso de arma de fuego –más allá de la ausencia del secuestro de la misma- condenaron a Juan Carlos Páez a la pena de diez años y ocho meses de prisión. El vencimiento de la pena impuesta va a operar el 13 de julio de 2028.