Prisión preventiva para los tres cabecillas de “La liga”

Lo decidió la Justicia de Garantías tras el pedido fiscal. Oscar Larluz y Luis Puga seguirán con arresto domiciliario y Héctor Monteros en la UP 44 de Batán.

18 de Julio de 2020 09:13

Por Redacción 0223

PARA 0223

Los tres acusados de organizar, dirigir y obtener los mayores beneficios económicos de la asociación ilícita que manejaba la gran mayoría de las subastas judiciales seguirán detenidos mientras avanza la investigación luego de que el Juez de Garantías Saúl Errandonea dictara la prisión preventiva solicitada por el fiscal Alejandro Pelegrinelli. Mientras que Oscar Larluz y Luis Puga seguirán con arresto domiciliario, Héctor Monteros lo hará en la Unidad Penal 44 de Batán.

La extensa tarea que realizó la Unidad Fiscal de Instrucción 5 junto a los miembros del Cuerpo de Ayuda a la Instrucción Técnica (CATI) encabezado por Javier Pettigiani dio lugar a dos causas simultáneas donde se probó el funcionamiento de la “Liga de los compradores” por un lado y de la familia Salminci y su relación con el edificio Semar XI por el otro. En esta instancia, las causas fueron desdobladas.

Los tres sujetos estuvieron al frente de una organización pensada para cometer plurales delitos en el ámbito de las subastas judiciales ordenadas por los distintos juzgados de los fueros provincial y federal del departamento Judicial Mar del Plata y llevadas a cabo en la sede del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos, operando todos ellos en forma conjunta y organizada y utilizando asidua y mecánicamente métodos ilegales o ilícitos con el fin último de hacerse del total o parte de bienes inmuebles y muebles rematados al valor más bajo posible o al menos inferior al que una puja libre hubiere determinado, para luego hacer negocios con los mismos y sacar importantes comisiones o bien notables diferencias económicas en posteriores transacciones.

En una resolución de 48 páginas se le dio crédito a la hipótesis fiscal de que Larluz, Puga y Monteros -además de resultar objetivamente los mayores beneficiarios de los métodos y procederes ilícitos de la organización- resultaron ser quienes “dominaron dichas acciones dentro y fuera de la Sala de Subastas, impartiendo las órdenes a cumplir específicamente por los demás integrantes de la gavilla y resultando ser, en última instancia, quienes detentaban el poder para digitar discrecionalmente y en base a los intereses de la organización, el adjudicatario -integrantes del grupo o terceros- y el precio final al que saldría el bien objeto de venta pública, afectando de tal suerte la leal competencia basada en la libre concurrencia y la plena libertad de puja necesaria no sólo para el proceso de formación del mejor precio”.

Lo que fue históricamente un secreto a voces en la ciudad –excediendo incluso el lapso de cinco años investigado- queda claramente reflejado en varias testimoniales de la investigación que reconocieron “la existencia de un grupo de personas que en forma habitual concurrían a las subastas judiciales con el propósito de adquirir los bienes que allí se ofrecían, que generalmente, concluido el acto, esos mismos sujetos realizan una segunda puja -extraoficial- para negociar finalmente el destino de la propiedad, a veces para beneficio propio y otras por comisión o encargo”.

En la resolución a la que tuvo acceso 0223, el Juez Errandonea justificó el dictado de la prisión preventiva solicitada, en primer lugar de la penalidad en expectativa, cuyo máximo alcanza los 10 años de prisión. También valoro “la complejidad de los eventos que se pesquisan y la posibilidad cierta de ampliación de la imputación en función del resultado que eventualmente arrojará las diligencias pendientes de producción (como por ejemplo el análisis de teléfonos y dispositivos incautados) y de las que en lo ulterior se ordenen”.

También tuvo en cuenta la modalidad de los hechos denunciados, en tanto se ha hecho referencia a maniobras intimidatorias por parte de los encausados, ello “ante la necesidad de asegurar el fin perseguido con el proceso y evitar su frustración”.

Tras decretar la falta de mérito respecto de Héctor Ricardo Monteros en orden al delito de tenencia ilegal de arma, convirtió en prisión preventiva la detención de Oscar Roberto Larluz, Luis Alberto Puga y  Héctor Ricardo Monteros en calidad de presunto coautores penalmente responsables del delito de asociación ilícita. El Juez dispuso mantener la morigeración de la medida de coerción personal, bajo la modalidad de prisión domiciliario con control monitoreado mediante la colocación de pulsera electrónica - aún pendiente de implementación-, respecto de los dos primeros.