Diez años de prisión por apuñalar a la pareja con un pedazo de espejo

La pena a Nicolás Agustín Chávez se acordó en un juicio abreviado. El joven de 24 años seguirá alojado en la Unidad Penal 15 de Batán.

Espejo del que el agresor tomó un pedazo para atacarla. (Foto: archivo 0223).

17 de Julio de 2021 13:32

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un joven que en mayo de 2019 golpeó en el rostro a la madre y le clavó un pedazo de espejo a la pareja fue condenado a diez años de prisión tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado en el Tribunal Oral en lo Criminal 4. Nicolás Chávez seguirá cumpliendo la pena como autor de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por producirse en contexto de violencia de género en grado de tentativa en la Unidad Penal 15 de Batán.

En la audiencia realizada ante el Juez Gustavo Fissore, la fiscal Andrea Gómez y el Defensor Oficial Ricardo Mendoza presentaron el acuerdo en el que el imputado prestó conformidad respecto de la abreviación del proceso penal, la calificación y la pena.

El ataque

El mediodía del lunes 6 de mayo de 2019 en el interior de la vivienda ubicada en Irala al 4200 Chávez discutió con su pareja y golpeó a su madre en el rostro cuando ésta intentó intervenir. Ante ese panorama y con la intención de escapar, la mujer se dirigió a la pieza con su hijo de un año, pero el agresor “con el inequívoco fin de provocarle la muerte” tomó un trozo de espejo y le asestó un puntazo a la altura de la columna.

La mujer fue trasladada de urgencia al Hospital Privado de Comunidad con una herida que le perforó el pulmón izquierdo y la rama izquierda de la arteria pulmonar. Producto del ataque, la mujer sufrió la extirpación del pulmón izquierdo.

Las múltiples testimoniales recabadas durante la investigación permitieron confirmar la situación de violencia de género que la mujer sufrió a lo largo de la relación y quitar cualquier tipo de dudas acerca de la responsabilidad del imputado en el hecho.

La condena

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 el magistrado descartó cuestiones eximentes de la responsabilidad penal ni agravantes. En cuanto a los atenuantes consideró el informe de los profesionales que hicieron la pericia psicológica al imputado en la que consideraron que “posee una inmadurez emocional debido al consumo de sustancias".

Tras coincidir con la calificación de homicidio doblemente agravado, por el vínculo y por producirse en contexto de violencia de género en grado de tentativa, el Juez condenó a Nicolás Agustín Chávez a la pena de 10 años de prisión.