Apelaron la prisión preventiva de los tres policías acusados de torturar a dos menores en un descampado

Los defensores de Ariel Estévez, Jonathan Cabrera y Vanesa Cano cuestionaron la hipótesis fiscal y la calificación. Habrá una audiencia en la Cámara de Apelaciones y Garantías.

A tres de los policías se le dictó la prisión preventiva.

1 de Diciembre de 2022 19:39

Por Redacción 0223

PARA 0223

Con dos escritos y un pedido de mejoramiento en una audiencia de información oral, los abogados defensores de los tres policías acusados de haber torturado a mediados de septiembre a dos adolescentes en un descampado ubicado en la zona de Strobel al 10000, apelaron la medida que a comienzo de noviembre dictó la Jueza de Garantías Rosa Frende.

Ante la decisión de la Jueza de mantener el alojamiento de los efectivos en la Unidad Penal 44 de Batán y con cuestionamientos a la presentación de los hechos que hizo el Ministerio Público Fiscal, el abogado Mauricio Varela –en representación de Ariel Estévez y Jonathan Cabrera- y Martín Bernat por Vanesa Cano, hicieron la presentación de rigor.

Los policías detenidos no declararon.

Tal como adelantó en su momento 0223, apenas veinticuatro horas después  del pedido que había elevado el fiscal Juan Pablo Lódola, la magistrada decidió hacer lugar a la medida requerida por el Ministerio Público en el marco de la causa que se tramita bajo la carátula de los delitos de “detención funcional ilegal y torturas”.

Frende, en primer lugar, justificó la prisión preventiva de los agentes de la Bonaerense por la “pena en expectativa” que está en juego y por las “circunstancias relativas al propio hecho investigado”. “Hubo una innecesaria e inusitada agresividad y animosidad para con dos menores de edad”, enfatizó, en este sentido.

“Una interpretación subjetiva, que no descansa en certezas”

En su presentación el abogado Mauricio Varela consideró que no existen elementos objetivos que respalden los extremos de la imputación enrostrada a sus asistidos, ni la privación de la libertad provisional. A su entender, la materialidad delictiva, tal cual la describe el fiscal Juan Pablo Lódola “no está respaldada objetivamente, sino que, por el contrario, forzada y subjetivamente, la apoya en algunos elementos que surgen de la pesquisa, que no reúnen el estándar de convicción necesarios para tener por acreditados los hechos y los extremos de la imputación”.

El profesional hizo foco en la oficial Micaela Estigarribía –imputada, pero en libertad- al considerar que su versión exculpatoria era interesada porque satisface “al Representante del Ministerio publico Fiscal, toda vez que su declaración, precisa, detallada y estudiada, respalda los hechos declarados por las supuestas víctimas”.

Para el abogado, Estigarribia se puso en un lugar pasivo, pero los mismos denunciantes no dicen eso y en el análisis de la capa policial se estableció que mientras supuestamente trasladaban a los menores en otro móvil de la fuerza, modulaba con la radio y solicitaba datos en relación a los mismos. “Contradiciendo sus dichos, donde se acredita que mintió en su declaración y supuestamente incumplió sus obligaciones de funcionario público si hubiera observado las conductas que refirió haber visto de parte de sus compañeros policías”, sostuvo.

“Entiende esta defensa justamente que la declaración de Estigarribia resultaba ser interesada, y que su declaración no puede ser considerada como elemento, ni siquiera indiciario, para acreditar el hecho y todos sus extremos, los cuales han sido, sin dudas exagerados o por lo menos no se encuentran objetivamente acreditados”, agregó.

Al término de la presentación de 33 páginas a la que tuvo acceso 0223, Varela pidió que se declare la atipicidad de la calificación reprochada y se ordene su consecuente libertad. Subsidiariamente pidió que se haga efectivo el cambio de calificación respecto de los hechos que a mis defendidos se les atribuyen y se los excarceleordenándose en consecuencia su inmediata libertad.

Como último subsidio, solicitó que se ordene la libertad de Estévez y Cabrera ante la carencia de riesgos procesales acreditados.

Apelación y pedido de audiencia

El abogado Martín Bernat, en representación de la sargento Vanesa Cano, consideró que la imposición de la prisión preventiva debe revocarse en tanto la calificación imputada de torturas “resulta un claro error”.

El profesional sostuvo que la correcta calificación legal es la de la figura de vejaciones y/o apremios ilegales. “En tal sentido, en caso de resolverse favorablemente, importaría una modificación sustancial de la eventual escala punitiva a imponer, que importa una significante variación de los presupuestos de procedencia de las medidas de coerción personal, culminando así en el cese de la misma”, indicó.

“Sin ánimos de entrar en consideraciones propias a la discusión de la materialidad del ilícito, lo cierto es que a todas luces no se observa ninguna conducta por parte de mi defendida, ni de los coimputados, que permita superar el encuadre jurídico de vejaciones y/o apremios ilegales, como tampoco se encuentra acreditada -ni siquiera con la escasa provisionalidad de la presente etapa- efectos o consecuencias subjetivas en las víctimas típicas del delito de tortura”, adelantó antes del desarrollo de la audiencia.

En su presentación pidió que se fije audiencia de mejoramiento oral y, oportunamente se revoque la resolución en crisis, mutando la calificación legal de los hechos conforme lo expuesto, y disponiéndose el cese de la prisión preventiva impuesta.

El caso

La investigación del fiscal Lódola permitió determinar que la noche del 17 de septiembre los policías interceptaron a los dos adolescentes en la calle, a uno de los cuales lo conocían por otras intervenciones. Luego de esposarlos, golpearlos y humillarlos, los trasladaron en el patrullero al descampado, donde continuaron con la tortura.

Estévez habría sido quien se bajó del patrullero y le pegó una trompada a uno de los adolescentes de 14 años. Cabrera, en tanto, sacó el arma reglamentaria y se la apoyó en las costillas. “Si gritás te mato”, le advirtió para luego gatillarle en la cabeza, mientras Cano intentaba colocarle el arma en la boca.

Además de las graves amenazas de muerte, el grupo de policías llegó a simular una escena de fusilamiento cuando los obligaron a correr por el descampado mientras les disparaban con escopetas con postas de goma.

De los cuatro efectivos, la única que sigue en libertad es Micaela Estigarribia aunque sigue imputada en la causa con un rol secundario. Esta agente fue la primera en prestar declaración indagatoria ante el fiscal.