Ratifican el sobreseimiento a una de las policías acusadas de torturar a dos adolescentes

La Cámara de Apelaciones y Garantías avaló la medida que alcanza a la oficial Micaela Estigarribia. Se mantiene el pedido de elevación a juicio para los otros tres imputados.

1 de Noviembre de 2023 09:57

Por Redacción 0223

PARA 0223

Poco más de dos meses después de que la Justicia de Garantías sobreseyera a una de los cuatro efectivos de la comisaría sexta acusada de tortura a dos adolescentes en un descampado, la Cámara de Apelaciones y Garantías confirmó la medida que alcanza a la oficial Micaela Estigarribia, la única que se encuentra en libertad.

Los Jueces Esteban Viñas y Marcelo Madina rechazaron de esta manera la apelación que había presentado el fiscal Juan Pablo Lódola y que ratificó el fiscal general adjunto Marcos Pagella cuando la Jueza de Garantías Rosa Frende dictó el sobreseimiento de la imputada. En esa resolución, la titular del Juzgado de Garantías N°3 elevó a juicio la requisitoria fiscal respecto de Ariel Estevez Pitrau, Sandra Vanesa Cano y Jonathan Cabrera en calidad de coautores de los delitos de detención funcional ilegal y torturas concurriendo materialmente entre sí.

Ese sobreseimiento se había tomado tras la presentación de la abogada Adelina Martorella que planteó un estado de necesidad exculpante, la verticalidad y subordinación propia de la institución policial y la presencia de su defendida en el escalón más bajo de esas relaciones. A su entender, más allá del peligro que se representó por declarar, su defendida tomó la decisión de contar lo sucedido esa noche.

En la resolución de nueve páginas a la que tuvo acceso 0223, los miembros de la Sala I confirmaron el fallo del 19 de agosto pasado que sobreseyó a Micaela Estigarribia “por no surgir probada su responsabilidad penal en los delitos de detención ilegal y torturas”.

En sintonía con el planteo de su defensora, los jueces tuvieron en cuenta la condición “joven mujer policía, acompañante, de menor jerarquía, sin mando, sin decisión, de poca experiencia, en etapa de aprendizaje, observadora, en contexto de una interceptación en apariencia habitual, de rutina o normal, con sistema de geolocalización del patrullero, en cumplimiento de orden para la consulta por modulación radial, e identificación propia para registro de la frecuencia”.

Consideraron que no tuvo intervención en la planificación y armado del operativo, “con desconocimiento de los motivos reales de aprehensión de los jóvenes, no compartidos ni consultados, decisión ejecutada por el Oficial Estévez de seis jerarquías mayor a aquella y la Sargenta Cano, con marcada antigüedad, pertenecientes a otro móvil”.

“Si prescindiéramos de su colaboración -pasar los datos de los jóvenes por la modulación radial del patrullero-, la ejecución del delito por el resto de los imputados no hubiera variado ni quedaría abortada, aspectos no contemplados ni explicados en la crítica”, agregaron.