Ley de Alquileres: qué cambios se van a debatir este martes en el Congreso

Desde las 15 el oficialismo y la oposición discutirán en la comisión de Legislación General, algunos cambios a la normativa. Punto por punto, las cuestiones que propondrán cada bloque de la cámara baja. 

Los legisladores tendrán un plazo de 30 días hábiles para generar una modificación a la normativa. Imagen ilustrativa:0223

5 de Abril de 2022 09:04

Por Redacción 0223

PARA 0223

Este martes a partir de las 15, el Congreso comenzará a debatir en la Comisión de Legislación las modificaciones a la polémica Ley de Alquileres, a partir de un acuerdo entre el presidente de la Cámara baja, Sergio Massa, con titulares de los bloques de la UCR, Mario Negri, y del PRO, Cristian Ritondo, que conforman el interbloque Juntos por el Cambio.
El eje de la discusión se centrará en modificar los 3 años de vigencia para los contratos entre propietarios e inquilinos, así como el sistema de actualización por inflación, dos puntos que no conformaron a nadie y que generaron falta de oferta en el mercado inmobiliario. Habrá un plazo de 30 días hábiles para modificar la ley.

Qué propone el oficialismo

El legislador José Luis Rioja propone modificar los topes de ajuste, que tendrían un valor inicial de los alquileres como máximo un 20% superior al que correspondería por la fórmula de ajuste anual.

Asimismo, las modificaciones que propone el oficialismo incluye cambios impositivos: por un lado determina que los locadores perciban por los alquileres pueda deducirse de los Ingresos Brutos anuales del régimen simplificado para pequeños contribuyentes y por otra parte, exime del pago de Bienes Personales a los inmuebles debidamente registrados que sean puestos en alquiler. Este beneficio tendría una duración de 15 años y se aplicaría solo si existe un contrato vigente. Es decir que no aplicaría para viviendas que figuran como “en alquiler” pero están deshabitadas.

El proyecto de Gioja propone además que se cree una ley que introduzca un gravamen especial para aquellos inmuebles que se encuentren deshabitados, pese a que podrían ser usados como vivienda.

Menos requisitos: la propuesta del oficialismo plantea que quienes otorguen seguros de caución deberán aceptar a personas inscriptas en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes (Monotributo). En ese marco, las aseguradoras no podrán exigir más que la constancia de inscripción al Monotributo y los comprobantes de pago de los últimos seis meses. Tampoco podrán cobrarle un canon superior al que le cobran a los trabajadores en relación de dependencia.

El objetivo de esa modificación es poner a los monotributistas en igualdad de condiciones con los empleados a la hora de postularse para alquiler un inmueble.

Ante la falta de oferta, el oficialismo propone que el Consejo Nacional de la Vivienda arbitre los mecanismos para diseñar y formular un plan para la construcción y adquisición de inmuebles por el Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinados a la gestión pública de alquileres sociales.

Propuesta de la oposición

El diputado de Juntos por el Cambio, Alberto Asseff, propone que el Plazo mínimo baja el plazo a un piso de 2 años, aunque con la posibilidad de extenderlo automáticamente por un año más sin ninguna de las partes manifiesta explícitamente que quiere dar por terminado el acuerdo.

Mecanismo de ajuste: se busca que el valor de la actualización sea a través de un sistema con periodicidad a elección de las partes y con una fórmula de ajuste basada en índices oficiales publicados por organismos nacionales o provinciales.

Asimismo, entre las modificaciones que plantea Asseff, es el de que no se le podrá exigir al locatario depósitos de garantía mayores a un mes de alquiler por cada año de contrato y siempre tomando como referencia el valor inicial de la renta.

Por tanto, si se acuerdo el pago de un alquiler mensual inicial de $ 30.000, no se le podrá solicitar al inquino una garantía superior a los $ 60.000 si se trata de un contrato por dos años y de $ 90.000 si es un contrato por tres años.

En relación al contrato, transcurridos 6 meses desde el primer mes en que se pagó el alquiler, el inquilino podrá disolver el contrato de manera unilateral, sin necesidad del pago de una indemnización. La condición será que el aviso se realice con una anticipación de tres meses o más.

La oposición además propondrá beneficios impositivos para aquellos propietarios que inviertan en nuevos inmuebles o vuelquen sus propiedades al mercado de alquileres. En ambos casos, se contempla la posibilidad de la deducción de la renta del Impuesto a las Ganancias, la exención del Impuesto al Sello para las operaciones realizadas con inmuebles que tengan como fin tanto las operaciones de compra-venta o el inicio de un contrato de alquiler.

En los casos de desalojo, la oposición busca la creación de un marco legal que acorte los plazos de los procesos de desalojo en aquellos casos en los que una persona o familia continúen viviendo una propiedad pese a haber finalizado el contrato alquiler, o bien, por falta de pago o incumplimiento del contrato.

La normativa flexibilizaría los medios de notificación y le daría a los inquilinos un plazo máximo de cinco días para responder a la demanda.

Luego se iniciaría un Juicio Sumarísimo (procedimientos de la Justicia que tardan entre 20 y 30 días en resolverse) y si el fallo así lo determina, se procedería al desalojo.