Violó a dos hijastras, lo detuvieron casi una década después y lo condenaron a 21 años de prisión

Los hechos ocurrieron entre 2006 y 2013. La causa fue reactivada por el fiscal Leandro Arévalo y a Walter Jorge Ledesma lo detuvieron en marzo de 2022.

Seguirá alojado en el complejo penitenciario de Batán.

21 de Marzo de 2024 20:59

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre de 49 años acusado del abuso sexual de dos hijastras cuando eran menores de edad entre los años 2006 y 2013 fue condenado este jueves a 21 años de prisión tras el debate que se realizó en el Tribunal Oral en lo Criminal N°1. Walter Jorge Ledesma seguirá alojado en el complejo penitenciario de Batán al que fue trasladado tras su detención en 2022, casi una década después de los hechos.

Fiscal Leandro Arévalo. (Foto: archivo 0223)

Los jueces Juan Galarreta, Mariana Irianni y Ricardo Perdichizzi impusieron la pena por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual por acceso carnal agravado por la situación de convivencia preexistente en concurso ideal con corrupción de menores agravado; y abuso sexual agravado por ser cometido contra una menor de 18 años aprovechándose de la convivencia preexistente.

El fiscal Leandro Arévalo –que recuperó la causa que en su momento había remitido a la Comisaría de la Mujer y pudo generar nueva prueba para detener al imputado y elevar la causa a juicio- había solicitado 23 años de prisión en su alegato final. Por su parte, la defensa oficial a cargo de Gabriela Peña, había pedido la absolución de Ledesma.

La primera de las víctimas sufrió los abusos entre 2006 y 2013 mientras que su hermana fue atacada en 2012, pocos días antes de formulada la denuncia que diera inicio a las actuaciones que más de una década después llegaron a juicio. Para eso, fue fundamental la intervención de la Unidad Funcional de Instrucción N°7 ante los reclamos de la madre de las victimas por la falta de avances previos.

Tal como se informó en su momento, la causa inicial tuvo unas primeras medidas probatorias como la realización de una cámara Gesell cuyos resultados fueron postergados. “En ese momento parte de los informes de esas actuaciones se hacían en La Plata y no se anexaron al expediente”, dijo una fuente judicial a este medio.

Esa demora hasta la recuperación de la causa por parte de Arévalo llevó al propio Tribunal a indicar la necesidad de “hacer saber a las autoridades del Ministerio de Salud, en lo que refiere a los profesionales que intervinieron en relación a las víctimas, al Ministerio de Justicia en relación a la actuación de la policía y al Organismo de Niñez de la Municipalidad por la actuación del CEPEDEM, para que se profundicen las capacitaciones a fin de evitar en lo sucesivo semejantes incumplimientos de los deberes de funcionario públicos y se arbitren las estrategias previstas en la ley para estos casos”.

La detención la hizo personal de la DDI. (Foto: archivo 0223)

En un tramo de la sentencia a la que tuvo acceso 0223, se graficó claramente el tiempo que pasó sin avances en la investigación que tenía a una de las niñas como víctima. “Quince años después del momento en que fue internada con sígnos de abuso en un Hospital Público, ocho años después del momento en que se logra denunciar en sede policial este abuso, seis años después que la víctima relata en Cámara Gesell lo que padecía a la autoridad judicial, cinco años después que la Fiscalía envía el expediente para su investigación a sede policial y es extraviado, empieza finalmente el trámite judicial que culmina con una audiencia de debate oral en donde hemos discutido hechos culminados once años antes”.

“Pero no puedo evitar notar que mientras esta colección de - ¿negligencias? - se desarrollaba, una niña golpeada, sometida a trabajos de adulto y a la que no se le permitía jugar, restringida en su posibilidad de contactarse con el medio exterior para evitar que pida ayuda, abusada continuamente por quienes debían en realidad cuidarla, en cada oportunidad en que lograba vencer estos controles y contar a la autoridad aquello que le ocurría, recibió una única respuesta: indiferencia”, agregó Perdichizzi en su voto.

Los jueces no tuvieron duda alguna acerca de la responsabilidad de Walter Ledesma en los hechos juzgados, valoraron la contundencia de los testimonios en Cámara Gesell que revelaron el comienzo de los abusos cuando una de las víctimas tenía siete años y el resto de las declaraciones. Para el Tribunal, todo lo ubica como protagonista “de los hechos que acreditaron tanto de la materialidad como su intervención”.

En la sentencia se descartaron cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y se valoraron como atenuantes solamente la falta de antecedentes penales. En cuanto a los agravantes, consideraron la extensión del daño causado por su prolongación en el tiempo y con el nivel de agresión mediante violencia psíquica (amenazas) y física (golpes).