Abuso en el camping: presentaron un recurso extraordinario ante la Corte Suprema

Sostienen que la irrecurribilidad del juicio por jurados “no puede arrasar garantías constitucionales básicas”. Piden dejar sin efecto la resolución de la Corte provincial del 21 de marzo pasado.

El juicio por jurados se hizo en septiembre de 2021. (Foto: archivo 0223).

11 de Abril de 2024 19:58

Por Redacción 0223

PARA 0223

Tres semanas después de la decisión de la Suprema Corte de Justicia bonaerense de reestablecer el veredicto de no culpabilidad para los tres jóvenes acusados de abusar a una adolescente de 14 años en el camping El Durazno, los representes del particular damnificado interpusieron un recurso extraordinario federal contra esa resolución.

La presentación se hizo en las últimas horas.

Los abogados Maximiliano Orsini, Juan Pablo Gallego y Bianca Ventimiglia solicitaron que se conceda el recurso a fin de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación deje sin efecto el decisorio impugnado, dictando o mandando dictar uno nuevo conforme a derecho.

En la presentación de 30 páginas a la que tuvo acceso 0223, los profesionales sostuvieron que la decisión de Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires fue de una arbitrariedad sorpresiva ya que desconoció “la normativa nacional como supra nacional con grave afectación de garantías constitucionales y mediando arbitrariedad manifiesta en su dictado”.

“La intención es garantizar el acceso a justicia, tutela efectiva, resolución dictada con perspectiva de género y niñez en los delitos de índoles sexual de acuerdo a la normativa supranacional, contra el auto emanado de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires”, indicaron.

Los profesionales sostuvieron que el decisorio que anuló el fallo de Casación y confirmó el veredicto de no culpabilidad carece de fundamentación y desarrolla “meras generalizaciones que resultan sesgadas y parciales e insuficientes para sustentar la postura adoptada”, por asentarse en meras afirmaciones de naturaleza dogmática que “no se basan en consideraciones jurídicas de carácter objetivo” y por limitar su actuación desconociendo la normativa nacional y supranacional y dictar un “pronunciamiento sin perspectiva de género y violentando el principio de la debida diligencia reforzada”.

Abogado Maximiliano Orsini. (Foto: archivo 0223)

Para el abogado Orsini la irrecurribilidad del juicio por jurados no puede arrasar garantías constitucionales básicas de una niña abusada sexualmente. “Eso dijo Casación y eso dice la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de Nación y la Corte Interamericana, pero por presión de los amicus curiae se habló solamente de la irrecuribilidad del juicio por jurado”, amplió.

“En la resolución atacada la Suprema Corte menoscaba el derecho al debido proceso y defensa en juicio de la víctima priorizando y manteniendo incólume un planteo que esta parte no ha rebatido ni puesto en cuestión; esto es, la naturaleza de la irrevocabilidad del veredicto de no culpabilidad. Es claro y latente que se ha violado el debido proceso -que no sólo el acusado tiene en forma exclusiva a su favor - sino que también lo tienen la víctima y sus familiares conforme la normativa supraconstitucional y convencional objeto de este recurso como agravio”, agregó.

Los antecedentes

El 17 de septiembre de 2021 un jurado popular compuesto por seis hombres y seis mujeres había declarado no culpables a Tomás Agustín Jaime, Lucas Leonel Pitman y Juan Cruz Villalba, acusados de abuso sexual a una menor en el camping miramarense "El Durazno", ocurrido en la madrugada del 1 de enero del 2019. Tres meses después  el 23 de diciembre de 2021, la Sala III del Tribunal de Casación declaró nulo el veredicto y ordenó realizar un nuevo juicio. 

Contra esa decisión la defensora particular de  Pitman, Noelia Agüero, y Jaime Villalba, por derecho propio, con el patrocinio de los doctores Martín Bernat y Marcelo  Giménez, dedujeron recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley. SI bien Casación los declaró inadmisibles, tras las quejas presentadas, la Suprema Corte los admitió en junio del año pasado.

 

Los jueces Daniel Soria, Sergio Torres, Hilda Kogan y Luis Genoud aceptaron el planteo que había hecho la abogada Noelia Agüero en representación de Pittman e hizo extensiva la medida hacia Jaime y Villalba.

En su resolución de 33 páginas, los jueces recordaron que el Tribunal casatorio fundó su decisión anulatoria en la premisa de que el tribunal de la instancia negó la intervención de la Asesora de Incapaces en el debate, lo que habría generado el "avasallamiento" de los derechos reconocidos a la joven víctima. "Sin embargo, corresponde señalar que no es correcto que en el juicio se haya negado la intervención de la Asesora de Incapaces, la doctora Silvia Fernández. Por el contrario, el juez técnico avaló su presencia en el marco de la declaración de la víctima, aunque lo hizo a título de "observadora", dado que la misma ya se encontraba acompañada por su psicóloga", explicaron.

"Más allá de lo que pudiera decirse en torno al rol ("observadora") que el doctor Riquert le asignó a la doctora Fernández en el acto de declaración de la menor, lo cierto es que del fallo impugnado y de las constancias del caso, no surge que tal supuesto déficit haya implicado la afectación del acceso a la justicia, tutela judicial efectiva, interés superior del niño ni del debido proceso de la menor", agregaron.

Los jueces también marcaron la omisión de considerar la inconstitucionalidad del juzgamiento por jurados en casos como éste y la normativa que impide a los particulares damnificados impugnar. En otro de los puntos consideraron que había una falta de correlación entre las normas citadas en la decisión de Casación y lo efectivamente fallado.