Le dieron arresto domiciliario, pero no encontraron al garante y por eso sigue en la cárcel
La medida la habían aprobado hace casi un mes. El hombre de 54 años fue condenado a seis años de prisión por llevar diez “ladrillos” de cocaína en su auto.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Un hombre condenado a seis años de prisión tras un juicio abreviado y que por las condiciones acordadas en el mismo debía terminar de cumplir la pena bajo arresto domiciliario sigue alojado en la cárcel porque no se terminó de contactar al garante ni se le colocó la unidad de dispositivo de monitoreo electrónico.
Tal como informó en su momento 0223, la pena impuesta a Eduardo Horacio López se dio tras un juicio abreviado en el Tribunal Oral Federal y tuvo dos características particulares: a partir del tercer año su cumplimiento será bajo la modalidad de arresto domiciliario y se ordenó el decomiso del rodado secuestrado por haberse empleado el mismo para la comisión de los delitos llevados a juicio.
La Dirección de Personas Bajo Vigilancia Electrónica del Ministerio de Justicia de la Nación (DAPBVE) informó que resultó imposible contactar al garante para realizar el respectivo informe de viabilidad por lo que la defensa aportó un nuevo contacto y pidió que López pudiera salir sin el dispositivo de monitoreo.
Sin embargo, el Juez Martín Poderti no hizo lugar al egreso del interno desde su lugar de alojamiento para dirigirse al domicilio fijado para continuar cumpliendo pena morigerada sin la previa colocación del dispositivo de monitoreo.
El magistrado requirió a la Dirección de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica del Ministerio de Justicia y DDHH de la Nación que informe respeto al estado de la realización de los informes requeridos. “En dicho sentido, habré de requerirle que le imprima carácter prioritario a su confección y en caso de resultar positivos queda autorizada y proceda a la colocación del dispositivo de monitoreo respecto del nocente en su actual lugar de alojamiento”, agregó.
El arresto domiciliario en el acuerdo de juicio
El pedido de pena que hizo el fiscal Juan Manuel Pettigiani se basó en la escala penal aplicable, el grado de afectación al bien jurídico comprometido y las características del delito; la cantidad de estupefacientes transportados y la carencia de antecedentes penales del imputado, entre otros.
Fue así que el Juez Roberto Minguilón condenó a Horacio Eduardo López como autor penalmente responsable del delito de transporte ilegítimo de estupefacientes y tenencia ilegal de estupefacientes con fines de comercialización, en concurso real a la pena de seis años de prisión.
Además de imponerle las costas del proceso, dispuso que cumplidos los tres años de pena se cambie la modalidad de la misma por arresto domiciliario, medida ahora autorizada por el Juez Poderti.
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