Compró una casa y no se la dieron porque "tardaba en pagar las cuotas": deberán indemnizarla por más de $80 millones

La constructora había culpado a la mujer por la demora en el pago de cuotas, pero la Cámara de Apelaciones la respaldó.

Compró una casa y no se la dieron porque "tardaba en pagar las cuotas".

11 de Febrero de 2026 21:23

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Cámara Provincial de Apelaciones de Neuquén ratificó la condena a una empresa constructora y de venta de viviendas industrializadas que le negó a una mujer su vivienda por una "mora en los pagos de las cuotas". La Justicia estableció que la empresa deberá pagarle una indemnización millonaria en concepto de daño punitivo.

En el fallo se acreditó que la clienta “abonó las cuotas necesarias para obtener la prestación debida” y que la empresa “desplegó artilugios tendientes a culparla por su propio incumplimiento”. Indicaron que se demostró “un proceder doloso en detrimento de los derechos e intereses del consumidor” y que “la empresa procuró maximizar sus ganancias en desmedro de los derechos de la consumidora”.

El caso

En el año 2020, una vecina de Chos Malal firmó un contrato con la empresa Viviendas del Valle para la adquisición de materiales y la construcción de una vivienda de 36m². En ese documento es especificaba que la mujer debía pagar 96 cuotas mensuales y que, al llegar a la número 44, podía solicitar el comienzo de la obra. Cuando lo hizo, la empresa le dijo que "el contrato estaba rescindido" a raíz de la "mora en el pago de cuotas".

En primera instancia un juez había ordenado la devolución de las cuotas abonadas, la reparación del daño moral y el pago de una multa “grave y significativa” de 100 millones de pesos para que el proveedor "no encuentre más rentable incumplir o infringir derechos que cumplir con sus obligaciones”.

La Cámara Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia ratificó la decisión, pero fijó el monto del daño punitivo en $82.183.159,68 pesos y ordenó el pago de $892.907 en concepto de devolución de las cuotas abonadas.

“Surge con claridad que la falta de entrega de su vivienda y la respuesta obtenida impactaron con malestar emocional intenso, problemas para dormir, angustia, ansiedad y frustración”, expresó el Tribunal en el fallo y agregó que la mujer “se vio obligada a vivir con su madre y su abuela, lo que afectó su autoestima y confianza”.

Por último, agregaron que “no quedan dudas de que la actora cumplió con el pago de las cuotas establecidas” y que “la empresa jamás comunicó la finalización del contrato”.