Seguirá preso el “pae umbanda” acusado de abusar a una fiel en el templo

Le imputan dos ataques a la víctima entre julio y diciembre del año pasado. La Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías rechazó el pedido que hizo la defensa oficial.

Se resolvió en Tribunales.

4 de Abril de 2026 19:41

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre que se presentaba como “pae umbanda” y está acusado de violar a una adolescente de 17 años seguirá alojado en el complejo penitenciario de Batán luego de que la Cámara de Apelación y Garantías rechazara el pedido de la defensa oficial y confirmara la prisión preventiva dictada a fines de febrero.

Según la investigación, entre julio y diciembre de 2025 D.L.F. aprovechó su rol y realizó tocamientos indebidos reiterados en una de las víctimas, generando grave daño a su salud mental. En ese mismo lapso de tiempo abusó sexualmente de la víctima con acceso carnal -vaginal, anal y oral-, utilizando su posición de poder y la relación de dependencia que existía entre ellos.

Los hechos, que ocurrieron en reuniones religiosas en la vivienda del imputado, donde la víctima quedaba a solas en una habitación cerrada, fueron calificados como abuso sexual simple agravado y abuso sexual agravado con acceso carnal, concurridos en forma material.

Los abusos ocurrieron en una habitación de la vivienda que funcionaba como templo.

Para el dictado de la prisión preventiva se tuvo en cuenta la denuncia presentada por la víctima y ratificada en sede judicial el 17 de diciembre de 2025, los testimonios familiares, las pericias y evaluaciones médicas y psicológicas. En tal sentido se destacó el informe del Centro de Atención a la Víctima que documentó la vulnerabilidad de la víctima y los dictámenes de peritos oficiales que concluyeron que la relación con el imputado fue de abuso de poder y sometimiento, naturalizando el vínculo abusivo.

Los ataques generaron en la víctima un trastorno de estrés postraumático complejo, inestabilidad emocional, baja autoestima, sentimientos de culpa, impulsos de autoagresión, aislamiento social y angustia.

En su presentación ante la Sala II, la defensora oficial Gabriela Peña solicitó la revocación de la prisión preventiva al sostener que la imputación estaba basada solo en la denuncia de la víctima y declaraciones familiares, que el examen médico no pudo confirmar la existencia de lesiones recientes, que D.L.F. no registra antecedentes penales previos, que la pena en expectativa no justifica privación de libertad y las condiciones inadecuadas de higiene y seguridad que existen en el complejo penitenciario de Batán.

Los Jueces Juan Pablo Lódola, Adrián Angulo y Marcelo Madina coincidieron en que la materialidad de los hechos y la participación del imputado estaban confirmados a partir del relato persistente y consistente de la víctima, corroborado por familiares y pericias psicológicas y que el examen médico no excluía la ocurrencia de los delitos.

Lo dispuso la Sala II.

En sintonía con la resolución de la Justicia de Garantías consideraron que existe un riesgo de fuga y entorpecimiento del proceso si se libera al imputado por lo que la detención preventiva se considera razonable, necesaria y proporcional frente a la gravedad de los hechos.

“Si bien resulta de público y notorio la situación de sobrepoblación que presentan los lugares de detención en el territorio bonaerense y la incidencia que puede conllevar en el área de Sanidad, lo cierto es que las presentaciones individuales deben demostrar mínimamente que, en el caso concreto, se verifica una situación de agravamiento ilegítimo de las condiciones en que se cumple el encierro debido a las particularidades de cada caso, circunstancia que no ha sido demostrada”, concluyeron.

La Sala II confirmó la prisión preventiva de D.L.F., rechazó la apelación de la defensa oficial, notificó de la misma al imputado, la defensa, la Fiscalía y se pone en conocimiento del Juzgado de Garantías N° 4, además de ordenar informar a la víctima de la resolución.