Juicio por la muerte de Lucía Bernaola: el fiscal pidió 10 de prisión para Federico Sasso

Para Rodolfo Moure fue un homicidio y lesiones con dolo eventual. Dijo que "jugó a la ruleta rusa con su auto sin pensar en los demás". Los otros querellantes pidieron 12 años de prisión.

19 de Marzo de 2019 10:39

Por Redacción 0223

PARA 0223

El juicio que se lleva adelante en el Tribunal Oral 1 contra Federico Sasso, el joven conductor acusado de la muerte de Lucía Bernaola, la adolescente de 14 años a la que atropelló en Alberti y la costa, entra en instancias de definiciones con la lectura de los alegatos de la querella.

El encargado de abrir la jornada fue el fiscal Rodolfo Moure, quien a las 9.34 comenzó la lectura de su alegato pidió al tribunal que se condene a Sasso a 10 años de prisión. En el primero de los alegatos en el juicio por la muerte de Lucía Bernaola y lesiones a otras nueve personas el fiscal pidió Sasso sea condenado por el delito de homicidio y lesiones graves y leves con dolo eventual y un periodo similar de inhabilitación para conducir. También pidió que se revoque el arresto domiciliario y se lo traslade a un complejo penitenciario.

En una exposición que duró una hora el fiscal dijo que Federico Sasso generó las condiciones para que las cosas terminen así en parte por su adicción a la velocidad. "Nadie lo obligó a tomar, manejaba a alta velocidad y comprendía perfectamente lo que estaba haciendo", señaló y añadió: "Jugó a la ruleta rusa sin pensar en los demás".

Con relación a uno de los puntos cuestionados durante el debate como la validez del test de alcoholemia, el fiscal dijo que la alcoholemia está probada por ese test, por el examen médico que se practicó horas más tarde y por la declaración de varios testigos.

En el segundo tramo de su alocución ante el Tribunal Oral en lo Criminal 1 el representante del Ministerio Público Fiscal recordó que las pericias accidentologicas, mecánicas y la planimetría que se hizo en el lugar permitió acreditar que Sasso tomó esa curva a 78 kilómetros por hora, más del doble que lo permitido. Si bien el límite oficial de velocidad en avenida es de 60 kilómetros, ese sector es considerado una encrucijada que solo habilita un máximo de 30 kilómetros por hora.

Moure cuestionó duramente la presentación que el lunes hizo el perito Luis Alberto Martínez y calificó su ponencia como parcial e insolvente. A su entender solo se presentó para "hacerle la pata a Sasso" y para cuestionar las pericias oficiales aunque nunca estuvo en el lugar ni inspeccionó el rodado.

Para el fiscal Sasso actuó con dolo eventual a partir de varios elementos: el lugar que eligió -la costa- de manera adrede para acelerar; las condiciones físicas porque se colocó de manera voluntaria en un estado de ebriedad y no le permitió manejar a uno de sus amigos y las condiciones de manejo esa madrugada en las que no tenían apuro y viajó a alta velocidad por un deseo personal. 

"Sasso desoyó tres alertas: el pedido de sus amigos de que no maneje, las características del lugar y el pedido de un amigo que le dijo cuarenta metros antes de doblar la curva sobre que 'su vida estaba en sus manos'", agregó. A su entender los otros ocupantes estaban en la misma situación que el imputado y sí se dieron cuenta del peligro que significaba esa manera de conducción. 

De manera subsidiaria en el cierre de su alegato planteó que el joven sea condenado como autor de homicidio culposo agravado por múltiples víctimas, culpa temeraria y lesiones culposas. En ese sentido solicitaron al máximo de pena posible que son seis años de prisión y diez años de inhabilitación para conducir.

Adhesión y pedido de pena mayor del resto de las querellas

El abogado Marcelo Savioli Coll -en representación de Eloy Bernaola- adhirió al planteo que hizo el Ministerio Público Fiscal aunque en virtud de algunos agravantes solicitó una pena de doce años por el delito de homicidio, lesiones leves, lesiones graves en concurso ideal y una inhabilitación para manejar de diez años. 

El profesional planteó su rechazo a la postura defensista de cuestionar la validez del control de alcoholemia y sostuvo que durante la realización del control no figura que Sasso se haya opuesto al mismo y tampoco lo invalidó junto a su primer abogado cuando declaró por primera vez. Antes de solicitar la pena de doce años de prisión o de seis si el hecho se considera un homicidio culposo agravado, planteó como agravantes la intensidad y gravedad del hecho, la
nocturnidad, el peligro causado y la extensión del daño causado para las víctimas indirectas, además de la falta de interés por la vida humana que demostró el imputado

Tras un cuarto intermedio de quince minutos el abogado Maximiliamo Orsini -patrocinante de Verónica Borelli- adhirió al alegato fiscal y pidió una pena de doce años de prisión por el delito de homicidio y lesiones con dolo eventual y, de manera subsidiaria, de seis años si se lo considera un homicidio culposo agravado. El profesional planteó como agravantes el lugar dónde ocurrieron los hechos, la preparación del auto, la huída que protagonizó y la extensión del daño causado.

Por último el abogado Mauricio Varela -en representación de los jóvenes Carla Ledesma y Facundo Cajal- adhirió a los planteos anteriores e hizo el mismo pedido de pena e inhabilitación para conducir ya que la acusación es por el mismo hecho: el homicidio de Lucía Bernaola y las lesiones de sus amigos. De manera independiente a la  resolución del Tribunal Oral en lo Criminal 1, los querellantes también solicitaron la revocación del arresto domiciliario y el traslado de Sasso a un complejo penitenciario.

Sasso llegó a juicio acusado de homicidio simple con dolo eventual, delito que prevé una pena de 8 a 25 años de prisión. En su elevación a juicio la fiscalía solicitó de manera subsidiaria la calificación de homicidio culposo agravado que supone una pena marcadamente menor.

La actividad se cerrará este miércoles con el alegato del defensor Facundo Caparelli y a su término el imputado podría decir sus últimas palabras. Luego el Tribunal definirá la fecha en que de a conocer su veredicto y sentencia.