Inédito: anulan veredicto de jurado que condenó a mujer y su pareja por el asesinato de su bebé de once meses

En febrero del año pasado un jurado los halló culpable por el crimen ocurrido en 2013. La Sala I de Casación dispuso la realización de un nuevo juicio.

La pareja fue hallada culpable por un jurado.

30 de Octubre de 2020 08:15

Por Redacción 0223

PARA 0223

Veinte meses después de que un jurado popular hallara a Daiana Ayelén Telechea y a su pareja Lucas Eduardo Álvarez culpables por el bebé de la mujer en enero de 2013 y que en la audiencia de cesura los condenaran a prisión perpetua y once años de prisión, respectivamente, el Tribunal de Casación Penal anuló el veredicto y sentencia y reenvió las actuaciones a la instancia de origen para la realización de un nuevo juicio.

El fallo por mayoría se dio en la Sala I integrada por los jueces Ricardo Maidana, Daniel Carral y Ricardo Borinsky tras el recurso que presentaron los abogados Sergio Fernández y Luz Alonso Proto.  En un fallo de 76 hojas se sostuvo que el jurado el jurado no recibió de modo completa todas las instrucciones antes de debatir.

La abogada sostuvo en su presentación que el veredicto de culpabilidad al que arribó el Jurado Popular “resultó contrario a la prueba producida, situación que deriva en una valoración arbitraria de ese material probatorio” y que requería la nulidad del pronunciamiento.

Proto sostuvo que no se formuló una acusación coherente ni describir la conducta que desplegó su defendido, además de negar que Álvarez haya ejercido violencia física sobre el menor a partir de las lesiones registradas y de la propia declaración de Telechea.

Fernández –defensor de la mujer- propuso la nulidad del veredicto condenatorio al indicar que con lo producido en el debate “no se pudo superar el estándar de la duda razonable exigido para el pronunciamiento de un veredicto de culpabilidad”.

A su entender en ningún momento se acreditó el dolo homicida porque “ni siquiera de modo eventual Telechea quiso poner fin a la vida de su hijo”. En el mismo sentido postuló que su defendida actuó de manera negligente al intentar reanimar a su hijo, pero que nunca quiso, ni previó, ocasionarle la muerte.

Ambas defensas criticaron la porción pericial estimada de cargo, destacaron las contradicciones e incluso la defensa de Telechea solicitó que, de estimarla responsable, la condenaran por un actuar culposo.

Con los votos de los jueces Carral y Borinsky  -y la disidencia de Maidana- se hizo lugar parcialmente a los recursos de casación interpuestos, anularon el veredicto y la sentencia recaído, además de reenviar a la instancia de origen para la realización de un nuevo juicio.

Los jueces recomendaron que en el nuevo juicio debe instruirse al jurado también sobre los elementos del delito imprudente como delito menor incluído respecto de la hipótesis principal de homicidio doloso, en caso de que la acusación se mantenga bajo las mismas condiciones en las que arribó al primigenio juicio.

A la espera del envío de las actuaciones para la realización de un nuevo juicio por jurados, los defensores analizan la posibilidad de pedir la libertad de ambos: Telechea cumple arresto domiciliario y Álvarez sigue alojado en el complejo penitenciario de Batán.