Comenzó el juicio contra la secta que explotaba mujeres en el hotel City

Cuatro personas están de captar a al menos 32 víctimas para luego reducirlas a la servidumbre y explotarlas económica, sexual y laboralmente.

La organización actuaba desde el inmueble del Hotel City, en pleno centro de Mar del Plata. Foto: 0223.

13 de Septiembre de 2021 19:21

Por Redacción 0223

PARA 0223

En el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata inició este lunes el debate oral y público en el caso seguido a Silvia Cristina Capossiello, Sinecio de Jesús Coronado Acurero, Luis Antonio Fanesi y Fernando Ezequiel Velázquez a quienes se acusa de haber sido parte de una organización –liderada por Eduardo Nicosia, fallecido- con rasgos de secta y bajo la apariencia de un ministerio de yoga, que –según la acusación fiscal- captó y acogió al menos a 32 personas en situaciones de vulnerabilidad, con el fin de reducirlas a la servidumbre y lograr su explotación económica, sexual y laboral. Además, hay acusaciones por abuso sexual agravado, alteración de identidades, acopio de armas y resistencia a la autoridad.

En el debate estuvieron presentes el auxiliar fiscal Carlos Fioriti y el juez Roberto Falcone, junto a secretarios y secretarias. En tanto, los magistrados Fernando Machado Pelloni y Nicolás Toselli formaron parte del inicio del debate desde sus despachos en la Ciudad de Buenos Aires a través de la virtualidad, al igual que la querellante Inés Jaureguiberry, defensora pública de Víctimas, acusados y defensas. Luego de iniciado el juicio, el Ministerio Público Fiscal –a través de la fiscalía de juicio a cargo de Juan Manuel Pettigiani- leyó la teoría del caso donde quedaron detallados los hechos de la acusación, la calificación legal y la participación criminal de los acusados y la acusada.

Los hechos por los cuales llegaron a juicio se sucedieron, al menos, desde principios de la década de 1970 y a partir del 2005 y hasta el allanamiento del 3 de julio de 2018 en Mar del Plata. La organización actuaba desde el inmueble del Hotel City, ubicado en Diagonal Alberdi 2561, en pleno centro marplatense.

De acuerdo a la investigación, Nicosia, fallecido en enero y sobreseído por el tribunal el 20 de abril de este año, “resultó ser el fundador de la congregación, una suerte de guía espiritual, principal administrador y organizador de la actividad delictiva, bajo la cual sometió a las víctimas para la consecución de aquellos fines”, sostuvo el MPF.

“Además, daba las pautas en el lugar, instruía a las personas previamente captadas en las actividades diarias, daba las autorizaciones a los ‘fieles’ para poder salir, como así también dirigía lo atinente al manejo de la cooperativa de trabajo City Hotel Mar del Plata y los distintos emprendimientos económicos de la organización”, detalló Fioriti en la audiencia inicial. Refirió también que Nicosia “tenía un completo control sobre las vidas y acciones de las personas participantes del ministerio, a quienes compelía a desprenderse de sus bienes o pertenencias a favor de la congregación”.

Por su parte, y siempre de acuerdo a la lectura de la teoría del caso elevado a juicio en 2020, Capossiello, que era la pareja del líder, “controlaba a los damnificados en ausencia de Nicosia y estaba al frente de la cooperativa administradora del complejo hotelero”. En tanto, Coronado Acurero “era una persona de confianza de Nicosia, colaboraba en las actividades ilícitas investigadas y el permanente control de las personas damnificadas”, mientras que Fanesi “perteneció a la organización, cuanto menos, desde el año 1973 y participaba del control sobre las víctimas, acompañándolas en los viajes dispuestos con el objeto de disponer reubicaciones estratégicamente ordenadas tendientes a captar nuevos adherentes al grupo”.  “En los últimos años,  esta función la cumplía como recepcionista del Hotel City, a lo que se agrega que, los testimonios de autos, dan cuenta de su actuación en el ocultamiento de la sumisión sexual por parte de Nicosia hacia otros integrantes del grupo”, sumó Fioriti.

Por otro lado, Velázquez está acusado de haber integrado la organización desde sus inicios. Una de sus funciones, en su carácter de psicólogo e instructor de yoga, fue la de “dictar conferencias a partir de las que mantenía charlas personales con algunas de las personas que allí asistían, detectando sus vulnerabilidades e informando luego de ello a Nicosia, a fin de lograr su captación”. Además, en el marco de su accionar en la organización delictiva, el acusado convivió en último término con quien fuera hija biológica de Nicosia y de Capossiello, de quien a la fecha se desconoce su paradero.

En este contexto de explotación, Nicosia, con la complicidad de los acusados y mediante engaños, falsas promesas, fuerza, violencia y abuso de situaciones de vulnerabilidad, valiéndose de su rol de líder religioso o espiritual, “sometió a las personas integrantes de la congregación previamente captadas y a los miembros de su grupo familiar a diferentes delitos contra la integridad sexual: les efectuó personalmente tocamientos, abusos sexuales con acceso carnal y a su vez, obligó a contraer relaciones sexuales a los discípulos y a los integrantes del grupo entre sí”.

De acuerdo a los relatos de las víctimas tomados durante la investigación, Nicosia habría tenido al menos quince hijos e hijas, trece de ellos con seis madres diferentes y los otros dos con dos de sus hijas biológicas. Salvo un caso, los menores de edad fueron inscriptos o registrados como hijos biológicos de otros miembros de la congregación, quienes habrían sido instigados para ello por Nicosia y otros imputados. De esta manera, se alteró y ocultó la verdadera identidad de las personas, y se cometieron falsedades documentales y/o declarativas.

“Nicosia y sus consortes se valían de un proceso de coerción psicológica y aislamiento de las víctimas, típico de las organizaciones sectarias, generado a partir de la manipulación psicológica que se les imponía a los damnificados, orientada en la creencia de que, si incumplían con alguna de las condiciones marcadas por el líder, no contarían con la protección espiritual y estarían expuestas a todo tipo de riesgos. Es decir, las acciones realizadas por las víctimas, que podrían parecer voluntarias, estaban originadas en una fuerte tarea de persuasión coercitiva, mediante la cual ese aparente consentimiento se encontraba absolutamente viciado y su libertad limitada”, sostuvo el MPF al exponer la acusación