La Municipalidad rechaza el pedido de Arroyo para cobrar vacaciones: "Es un abuso desmedido"

Sostuvo que se cometería un “abuso desmedido” si se habilita que funcionarios no se tomen vacaciones para aumentar su sueldo. El exintendente no se tomó 40 días de licencia en 2018 y 2019 y ahora pide una millonaria suma.

Arroyo adujo que no se pudo tomar vacaciones "por las exigencias de la función". Foto: 0223.

28 de Abril de 2022 15:58

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Municipalidad de General Pueyrredon solicitó a la justicia marplatense que rechace la demanda del exintendente Carlos Arroyo para cobrar vacaciones no gozadas en 2018 y 2019, al considerar que no le corresponde el beneficio por tratarse de personal que cumplió un rol de funcionario político.

En las últimas horas, la Comuna presentó ante el juez en lo Contencioso Administrativo N°2, Marcelo Fernández, su contestación a la demanda que en junio instauró Arroyo luego que el intendente Guillermo Montenegro rechazara en febrero de 2021, por medio del Decreto 241/21, el trámite administrativo para lograr tal fin.

En el escrito al cual accedió 0223, los abogados de la subsecretaría Legal y Técnica enfatizaron en que “la realidad de los hechos no coincide en absoluto” con el relato realizado por Arroyo, cuya acción “está dirigida a comprometer la responsabilidad de la Municipalidad”.

Además, arremetieron contra los reclamos de esta naturaleza de parte de funcionarios políticos, donde no solo Arroyo impulsa una demanda judicial, sino también su expresidente del Emsur, Eduardo Leitao, donde el Juzgado Contencioso Administrativo N°1 ya dictó autos para sentencia. “Incurriríamos en un abuso desmedido si permitiéramos que los ex funcionarios dejen de gozar de sus licencias para luego cobrar indemnizaciones exorbitantes, causándole un perjuicio económico directo a cada uno de nuestros vecinos que abona todos los emolumentos con el pago de sus impuestos”, reclamaron.

El Dr. Carlos Fernando Arroyo conocía plenamente que su mandato comenzaba el 10 de diciembre de 2015 y que concluía el 10 de diciembre de 2019, por lo cual debió prever la situación”, aseguró la Comuna, solicitando al juez Fernández que rechace la demanda.

Arroyo presentó la demanda luego que Montenegro rechazara su reclamo administrativo. Foto. Prensa MGP.

En su postura, la Municipalidad rechaza la aplicación de la Ley 14.656 de Estatuto del Empleado Público Municipal, en la cual sustenta Arroyo gran parte de su reclamo, debido a que “la propia ley excluye del régimen a todos los funcionarios superiores y/o personal con designación política de los Departamentos Ejecutivo y Legislativo”. Asimismo, expuso que la ley 10.921 de "Compensaciones por vacaciones no gozadas a funcionarios superiores", habilita a que funcionarios políticos puedan usufructuar el goce del descanso anual, no así a su percepción por no haberse usufructuado en el período que la ley lo indica.

Finalmente, en cuanto a La ley 10.430 de "Estatuto y escalafón para el personal de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires", puntualizó en el vencimiento de las licencias no gozadas en el año calendario dado que “por investir característica de obligatoriedad en su goce, su falta de consumo, en los plazos que la legislación determine, deviene en la pérdida de ese derecho, sin posibilidad de mutar su falta de goce por una reparación económica”.

“De no operar la norma de esta manera se incurriría en un privilegio a favor de quien acumulando períodos vacacionales lo llevaría a percibir una remuneración superior a la establecida para el resto de los trabajadores, que por otra parte dieron cumplimiento con la obligatoriedad que la ley imponía. En síntesis, quien quebranta la norma se beneficiaría y por el contrario, quien respeta la misma, se perjudicaría, una verdadera antítesis del derecho”, planteó la Municipalidad.

 

La postura de Arroyo

 

Otro es el pensar del exintendente Arroyo, recluido en el ostracismo y sin exposición pública desde el accidente automovilístico que protagonizó en marzo de 2020. En el expediente administrativo incorporado a la causa, la Dirección de Personal reconoció que el fundador de Agrupación Atlántica no hizo uso de los 21 días de licencia que le correspondían en 2018 y de otros 19 en 2019.

Si bien no está cuantificado el reclamo, se presume que el monto inicial sería apenas menor al millón de pesos, una cifra a la que, de lograr una sentencia favorable, se elevaría a más del doble de acuerdo a la tasa que se aplique para el cálculo de intereses.

El no goce en forma efectiva de la licencia por descanso anual no fue una decisión voluntaria del suscripto para obtener un beneficio económico, sino la consecuencia necesaria de las exigencias de la función que impidieron por razones de servicio gozar en forma efectiva de ese beneficio, no existiendo tampoco el aludido incumplimiento en una indicada obligación de requerir el goce de ese beneficio”, expuso como argumentó central su abogado César Benvenuto, codefensor del exfiscal Gustavo Demarchi, condenado a prisión perpetua en 2016 por delitos de lesa humanidad y fallecido en 2021 por Covid.