Establecen nuevo régimen para obras de asfalto y cordón cuneta: ¿cómo afecta al bolsillo de los vecinos?

El Concejo Deliberante modificó el sistema de Contribuciones por Mejoras. Se apunta a facilitar burocráticamente los proyectos de obras. Suben las tasas de financiamiento a las que acceden los frentistas y podrían aumentar los anticipos.

En el marco de un sistema solidaria, los frentistas deben pagar por las obras de pavimentación y cordón cuneta. Foto: Emvial.

25 de Mayo de 2024 19:32

Por Redacción 0223

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El Concejo Deliberante aprobó por mayoría modificaciones a la Ordenanza 19.092 que regula el sistema conocido como contribuciones por mejoras, el mecanismo a través del cual el Estado le cobra a frentistas por las obras de asfalto y cordón cuneta, debido a que las mismas generan una valorización de sus bienes inmuebles.

Según lo expresado por el gobierno de Guillermo Montenegro, el espíritu de las reformas es superar complicaciones burocráticas que afectan el avance de los proyectos de obra vial. Asimismo, del análisis de la iniciativa se evidencia una intención de recuperar mayores porcentajes de la inversión económica que demandan este tipo de obras, debido a que el actual contexto inflacionario licúa los ingresos generados a través de los planes de pago. Así entonces, se elimina el financiamiento accesible que regía hasta el momento.

En cuanto a las reformas para dinamizar el sistema, uno de ellas apunta a modificar el Registro de Oposición, donde se establece que una obra no se realizará en caso que se opongan más del 30% de los propietarios de la zona alcanzada. Esa zona tenía un tope de hasta 20 cuadras, límite que ahora se eliminó. El objetivo, plantean desde la Comuna, es que se puedan diseñar proyectos más abarcativos en términos geográficos y no subdividirlos, generándose de ese modo mayores procesos burocráticos.

El Concejo Deliberante aprobó las modificaciones por mayoría: el kirchnerismo votó en contra. Foto: Prensa HCD.

La segunda incorporación de relieve contempla un nuevo mecanismo para el prorrateo de las obras, por zona, una modalidad prevista en el Artículo 37º de la Ordenanza General Nº 165. Esto permitirá distribuir el valor de la obra en partes iguales entre todos los contribuyentes, facilitando de este modo el diseño de planes de obras de cordón cuneta y asfalto en barrio con trazas irregulares, como el caso de Sierra de los Padres. El prorrateo que se implementaba previo a la reforma contemplaba una distribución por propiedad del 50% por metro lineal de frente y del restante 50% por metro cuadrado de superficie

Además, para hacer más dinámico el proceso licitatorio, se elimina la cláusula que establece que no se puede adjudicar una licitación cuando la oferta más conveniente sea superior al presupuesto oficial. Eso obligaba a que el Emvial convoque a un segundo llamado, ampliándose los tiempos para el inicio de las obras, con una afectación en los presupuestos.

 

¿Cómo afecta al bolsillo de los frentistas?

El nuevo esquema de Contribuciones por Mejoras mantiene la posibilidad de acceder a pagos en planes de hasta 48 cuotas mensuales, aunque se cambian otras condiciones que generarán un mayor gasto para el vecino.

Hasta antes de estos cambios aprobados por el Concejo Deliberante, se podía acceder a planes de cuotas de hasta 24 meses sin costo financiero cuando se trataba de una obra de cordón cuneta o carpeta asfáltica, o de hasta 48 meses con un interés del 1% sobre saldos, si la intervención contemplaba tanto cordón cuneta como carpeta asfáltica. Eso quedó en el pasado, ya que en ambos casos “los intereses de financiamiento serán los determinados en el Régimen General de Regularización fiscal vigente”, el cual contiene tasas más elevadas, aunque lejanas a las de mercado.

Las modificaciones al Artículo 5° donde se especifica la liquidación de las deudas y las formas de pago también incluyen más cambios, como la eliminación del párrafo donde se explicita que “el cobro de las obras comprendidas será realizada exclusivamente por el Municipio”; quien no podrá ceder ni transferir certificados de deuda a terceros. Ahora, se podrían incorporar pagos vía agentes externos a través de mecanismos modernos como botones de pagos, por caso.

La ordenanza fue modifica en base a un proyecto presentado por el intendente Montenegro. Foto: Prensa MGP.

En este apartado también se incluye una cláusula nueva por la cual el Municipio podrá “solicitar un pago inicial a los contribuyentes” para el comienzo de la obra, el cual será integrado como pago a cuenta de las futuras liquidaciones. Esto sirve para que el Municipio tenga un colchón inicial de ingresos para afrontar los primeros pagos de la obra, sin esperar a percibir ingresos a través de futuras cuotas que se empiezan a facturar una vez concluida la obra, pero implicará un esfuerzo para los frentistas. Además, no se establece un tope para este anticipo, el cual podrá ser fijado por el Emvial teniendo “en cuenta cuestiones técnicas, financieras y socio-económicas”.

Finalmente, también se cambió el Artículo 8° de la Ordenanza 19.092 con una ampliación del techo para el valor de la cuota. Para los titulares de las viviendas de propiedad única el límite de la cuota pasa de 5 al 15 por mil de la valuación fiscal para viviendas de propiedad única, tres veces más, y del 15 al 30 mil por mil para terrenos de propiedad única, al doble. Para comprender la implicancia de esta modificación es importante destacar los desfasajes que se generan debido a que las valuaciones fiscales se encuentran muy debajo de los precios de mercado.

Las modificaciones a la Ordenanza 19.092 fueron aprobadas por mayoría del Concejo Deliberante, con el voto de Juntos por el Cambio, La Libertad Avanza y Acción Marplatense. En tanto, Unión por la Patria votó en contra, mientras que el Frente Renovador se abstuvo.