Condenan a concesionaria por cambiar plan de cliente y falsificarle la firma
Deben reintegrarle 12 millones de pesos y pagar casi 27 millones en concepto de daño punitivo. Había firmado el contrato en agosto de 2020 en Fiat Giama.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El doble de lo pactado y por un modelo distinto. La sorpresa inicial de un hombre que en agosto de 2020 suscribió un plan de ahorro previo en Giama dio paso a una demanda judicial resuelta en las últimas horas por lo que se deberán reintegrarle doce millones de pesos y pagar casi veintisiete millones en concepto de daño punitivo.
La sentencia del Juzgado 12 Civil y Comercial estuvo a cargo del Juez suplente Félix Ferrán, que hizo lugar a la demanda de indemnización de daños y perjuicios promovida por David Ismael Moreno contra Autonet S.A. y FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados.
Fuentes judiciales confirmaron que Moreno suscribió un plan de ahorro previo en a los efectos de adquirir una Fiorino, pero que al llegar la primera cuota advirtió que el importe era casi el doble de lo que le habían informado. Cuando concurrió a la concesionaria le informaron que no había ningún error por cuanto él había suscripto un contrato de plan de ahorro para una Fiat Toro.
“Solicitó que le mostraran el contrato de adhesión y advirtió que efectivamente era una suscripción para adquirir una Fiat Toro, pero que la firma inserta no era la suya. En el marco del proceso de prueba mediante pericia caligráfica se estableció que le habían falsificado la firma”, informaron.
Moreno suscribió toda la documentación pertinente, en especial la solicitud de adhesión número 2876058 correspondiente a un Plan 80/20 de ahorro pagadero en 84 cuotas para la adquisición del automotor. Cuando hizo el reclamo pertinente en pos lograr una corrección o ajuste del valor correcto de la cuota le mostraron que el plan de ahorro contratado tenía por objeto una unidad Fiat Toro Freedom 4x2 y que el número de Solicitud de Adhesión era el 2904437.
El cliente aclaró que pese a los insistentes reclamos no se le brindó solución alguna en la concesionaria, por lo que realizó un reclamo a la Dirección Nacional de Defensa al Consumidor recibiendo recepción del reclamo por parte de dicha Dirección con el número 521304 y que en octubre de 2021 remitió una carta documento a la administradora del plan para que solucionen el error cometido, sin que esta mereciera respuesta por parte de la demandada.
Al no tener contestación, inició la mediación prejudicial, instancia en la que la administradora del plan le señaló que no había posibilidad de atender a sus reclamos pues no se había verificado error alguno. Tras eso, inició la demanda que culminó con la sentencia condenatoria.
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