Se viene el Día del Empleado de Comercio: cómo impactará el feriado en Mar del Plata
El día no laborable se celebrará este lunes 30 de septiembre. Autoridades del sindicato local explicaron los alcances de la medida y analizaron la coyuntura económica actual. Qué pasa si el comercio decide abrir.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El próximo lunes se celebra en todo el país el Día del Empleado de Comercio y en Mar del Plata, numerosos locales estarán cerrados por la ocasión.
A modo de concientización sobre los alcances del feriado para los mercantiles, esta mañana en la Peatonal San Martín, Guillermo Bianchi, secretario general del Sindicato de Comercio Zona Atlántica explicó el impacto del día de descanso.
"Por acuerdo con las cámaras nacionales y la cámara local, trasladamos el día 26 al día 30, tomándolo como un día de descanso y un día de conmemoración", señaló el dirigente, que ante la consulta de 0223, no dudó en señalar que "los shoppings, supermercados y ferias y después todos los rubros de indumentaria, librería, pequeños comercios de las arterias", serán los más afectados por la medida, que está avalada a partir de la Ley 26.541, sancionada en 2009.
Según el referente gremialista, el Sindicato con asiento en nuestra ciudad, posee 13.000 afiliados y representan a los mercantiles desde Mar del Plata a San Clemente del Tuyú.
Analizando la política económica de Javier Milei y cómo afecta al sector, Bianchi razonó que "los mercantiles no escapamos a la realidad económica argentina y Mar del Plata es una ciudad muy comercial", por lo que "hay una coyuntura compleja con índices de pobreza que reflejan el malestar de la sociedad en general", aseveró.
El origen de la celebración se remonta al 26 de septiembre de 1933, cuando fue sancionada la Ley 11.729, que creó tres grandes conquistas para los mercantiles: la indemnización por despido, la protección de la maternidad y los días que tienen las trabajadoras por el nacimiento de su hijo y el accidente de trabajo y enfermedad inculpable. Luego, la misma fue derogada por la dictadura cívico militar, hasta su nueva sanción en 2009.
Qué pasa si el comercio decide abrir
De acuerdo a lo establecido en la mencionada normativa, los comercios permanecerán cerrados o, en caso que los propietarios de los locales deseen abrir sus puertas al público deberán abonar la jornada laboral al 100% del valor que se establece para una jornada ordinaria de trabajo.
Los trabajadores podrán elegir entre tomarse el día o acudir a sus puestos de trabajo, aunque de concurrir el empleador deberá pagarles el doble. En materia de remuneración las empresas deben dar cumplimiento a lo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo y las normas vigentes, de manera que no pueden otorgar el día en cuestión como franco compensatorio del descanso semanal.
En el caso de establecimientos que decidan operar y que convoquen a sus trabajadores, los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales durante el lunes, con todos los efectos y alcances de la ley 26.541, que asimila dicha conmemoración a los feriados nacionales. En tanto, si no se trabaja, el empleado tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no variará.
Leé también
Temas
Lo más
leído