Los 8 puntos clave para entender el proyecto de Reforma Laboral de Milei

Javier Milei ya envió el proyecto de ley de Reforma Laboral al Congreso, con el objetivo de que sea tratado en las sesiones extraordinarias. Cuáles son los derechos que pierden las y los trabajadores si se aprueba.

Javier Milei volvió de Oslo y firmó el proyecto de ley de reforma laboral junto al jefe de Gabinete, Manuel Adorni.

11 de Diciembre de 2025 15:58

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Presidente Javier Milei envió hoy al Congreso de la Nación el proyecto de ley de Reforma Laboral con el propósito de que sea tratada en las próximas sesiones extraordinarias

Desde hace un tiempo circulan versiones sobre los distintos puntos que incluye la reforma, pero el Presidente expresó que el borrador final todavía no había sido mostrado. A continuación, una breve descripción de los ejes que plantea modificar la ley.

    Creación de un Banco de horas

    • El proyecto de ley de reforma laboral de Milei plantea la creación de un Banco de Horas para flexibilizar horarios laborales. Bajo esta dinámica un empleado podría trabajar más horas durante las jornadas recompensándose en otros días, sin que se le pague extra.
      Aunque podría superarse el máximo de horas legales diarias, nunca podría sobrepasarse el tope semanal que establezca el convenio. La forma de recompensación se acordará “voluntariamente” entre las partes.

    Remuneraciones y pagos extras al salario

    • Según el proyecto, las remuneraciones en dinero deberán pagarse únicamente mediante la acreditación en una cuenta bancaria habilitada por el Banco Central. No se permitirán más los pagos en cheque o efectivo, pero se habilitan billeteras virtuales.
      También plantea la posibilidad de que el empleador abone bonos extra a los sueldos que sean transitorios, fijos o variables, considerando, entre otras cosas, el mérito personal del trabadajor o trabajadora. No podrían aplicarse los conceptos de continuidad tácita, ultraactividad o costumbre, por lo cual ya no habría derechos adquiridos y la empresa podría terminar con ese pago de manera unilateral.

    Las vacaciones

    • La reforma laboral de Milei plantea que las partes acordarán el goce de vacaciones fuera del período legal, del 1 de octubre al 30 de abril. La notificación de inicio por parte del empleado se reduce de 45 a 30 días. También se permite el fraccionamiento en tramos no inferiores a siete días.
      Además indica que, cuando no se otorgue de manera simultánea a todo el personal y se acuerde en forma individual o por grupos, el empleador deberá organizarlas de tal manera que cada trabajador goce de sus vacaciones en temporada de verano, al menos una vez cada tres años.

    Indemnizaciones por despidos y creación del Fondo de Cese Laboral

    • En el proyecto de ley que plantea el gobierno del Presidente Milei ya no se incluirán aguinaldo, vacaciones y premios en el cálculo de la indemnización por despido. Para costear la indemnización, los empleadores podrán establecer un sistema de cese laboral cuyo costo siempre estará a cargo del empleador. El Gobierno había intentado introducir este sistema por DNU, pero dejando entrever que los trabajadores iban a hacer el aporte mensualmente para su propio despido.
      En esta línea, el Fondo de Cese Laboral será una cuenta específica, que no podrá ser embargada por ningún motivo, habilitada por la Comisión Nacional de Valores. Se financiará con una contribución mensual obligatoria del 3% de las remuneraciones que se toman como base para calcular las contribuciones patronales del trabajador.

    Organización sindical

    • Serán consideradas infracciones muy graves y el trabajador no percibirá su salario cuando se bloquee o se tome un establecimiento, obstruyendo el ingreso o egreso de personas o cosas.
      El proyecto también establece que las asambleas y congresos convocados por representantes sindicales dentro de los establecimientos “requerirán autorización previa del empleador” respecto del horario, duración y lugar. Además, plantea que las y los trabajadores “no devengarán salarios durante el tiempo que dure la asamblea”.

    Modalidad de trabajo y ultraactividad de convenios colectivos

    • Según el proyecto, el empleador estará facultado para introducir todos aquellos cambios relativos a la forma y modalidades de la prestación del trabajo, siempre que esos cambios no alteren modalidades esenciales del contrato, ni causen perjuicio material ni moral al trabajador.
      Cuando el empleador disponga medidas vedadas por este artículo que fueran desoídas por el trabajador podrá considerarse ser despedido sin causa. Los empleadores ya no estarán obligados a tener los datos de sus empleados en un libro especial, registrado y rubricado, sino que bastará con registrarlos ante ARCA.
      En el plazo de un año, la Secretaría de Trabajo convocará a sindicatos y cámaras empresariales a negociar los convenios colectivos que estuvieran vencidos. Así se terminaría la ultraactividad, que consideraba vigente el último acuerdo hasta que se celebrara otro.

    El período de prueba de empleadas de casas particulares

    • Para el proyecto de reforma laboral de Milei el período de prueba de empleadas de casas particulares se extiende a seis meses. Hasta el momento era de entre 15 y 30 días. Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa y sin generarse derecho a indemnización alguna con motivo de la extinción

    Régimen para plataformas de servicios virtuales

    • El proyecto de Milei blanquea el vínculo entre plataformas como Uber y Rappi y sus “prestadores independientes”. Garantiza que puedan trabajar en los horarios que deseen, pero no obliga a las empresas a que provean a los trabajadores elementos de seguridad, ni a que se hagan cargo del mantenimiento del vehículo ni que les paguen en caso de accidentes que les imposibiliten trabajar.