Revierten la condena a perpetua de Matías Farías, involucrado en el femicidio de Lucía Pérez

Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires resolvió hacer lugar al pedido de la defensa oficial y remitió el caso nuevamente al tribunal que lo condenó.

El Tribunal de Casación Penal desestimó la perpetua por el asesinato aunque sostuvo la condena por el abuso. Foto: archivo 0223.

14 de Febrero de 2025 11:24

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires resolvió este jueves revisar la condena que recayó sobre Matías Farías, quien recibió prisión perpetua en marzo de 2023 por el abuso sexual y el femicidio de Lucía Pérez, ocurrido el 8 de octubre del 2016.

El acusado había sido condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº2 por ser considerado el autor penalmente responsable del delito de “abuso sexual agravado por el consumo de estupefacientes seguido de muerte en concurso ideal con el femicidio" de la adolescente. En ese momento, los jueces Falcone y Simaz entendieron que corresponde la figura del dolo eventual mientras que Fissore, por su parte, adujo que la muerte de Lucía le resultó imputable al joven a título de culpa temeraria.

De acuerdo a la resolución de 2023, una de las causas residía en la relación asimétrica entre el autor del hecho (Farías) y la víctima, la condición del primero de vendedor de estupefacientes y de consumidora por parte de la adolescente, y la deuda dineraria que ella registraba con el dealer. 

Dichos razonamientos fueron descartados por la defensora oficial María Laura Solari, quien aseguró que la sentencia objetada "se encuentra cargada de prejuicios, estereotipos, frases descontextualizadas identificadas con relaciones asimétricas de poder y círculos de violencia, meras afirmaciones dogmáticas, usos constantes de argumentos de autoridad y quiebres lógicos, lo que da cuenta del alto nivel de parcialidad que opera".

El Tribunal resolvió entonces hacer lugar parcialmente al recurso de casación y condenar a Farías como autor únicamente del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado, dejando de lado la perpetua por el asesinato de la joven.

Por otra parte, decidió reenviar al Tribunal Oral en lo Criminal Nº2 el caso para que determine la pena que le corresponde imponer al imputado por ese delito.

El pedido había sido realizado por la defensora oficial, María Laura Solari. Foto: 0223.

En el mismo escrito decidieron rechazar por improcedentes los pedidos interpuestos por los abogados Cesar Sivo y Romina Merino, quienes solicitaron la revisión de la pena del imputado Juan Pablo Offidani, también condenado por el femicidio de Lucía Pérez.

El Tribunal de Casación Penal desestimó la perpetua por el asesinato aunque sostuvo la condena por el abuso. Foto: archivo 0223.

Si se analiza el artículo n° 119 del Código Penal, que establece la pena a las personas condenadas por abuso o violación, es posible que Farías reciba entre 6 y 15 años de prisión. "La pena será de seis (6) a quince (15) años de reclusión o prisión cuando mediando las circunstancias del primer párrafo hubiere acceso carnal por vía anal, vaginal u oral o realizare otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías", indica el fragmento.