Propietarios piden la “expropiación inversa” de otro de los terrenos de la Canchita de los Bomberos
Mientras Nación busca rematar dos manzanas, un tercer predio privado protagoniza una enrevesada causa judicial. Una expropiación abandonada, un proyecto que nunca se concretó y unos dueños que buscan una respuesta tras 20 años.
Por Redacción 0223
PARA 0223
La polémica se instaló hace semanas sobre dos de las manzanas de la conocida como Canchita de los Bomberos, propiedades del Estado Nacional y donde el gobierno de Javier Milei ya inició los trámites para su remate, lo que es resistido por vecinos e instituciones. En ese marco, un tercer predio es objeto de una controvertida causa judicial que tiene su origen en el fallido proyecto de 2010 para construir un plan de viviendas y que tiene a sus propietarios a la espera de una solución que se hace esperar.
El inicio incluso puede remontarse a 2006, cuando dos marplatenses compraron en una subasta judicial el terreno de 1.500 m2 ubicado en la esquina de Florisbelo Acosta y Dardo Rocha, en la manzana que da a la costa y se completa por los límites establecidos por Av. Félix U. Camet y Concepción Arenal. Lanzado el proyecto de la construcción del Museo MAR con el desarrollo de un plan de viviendas del Procrear en las dos manzanas que ahora serán rematas por la Agencia de Administración de Bien del Estado (Aabe), a su vez se proyectó la creación de una plaza publica con la apertura de calles, lo que tuvo su marco normativo con la Ordenanza 19.640, estableciendo nuevos indicadores urbanísticos, desafectándolo del Distrito Urbanización Futura (UF) y afectándolo al Distrito Urbanización Parque (UP) destinado a Plaza Pública.
Para la concreción del proyecto, también se avanzó con la Ley 14.730 sancionada por la Legislatura durante el gobierno de Daniel Scioli, en 2015, para concretar la expropiación del inmueble de propiedad privada. Sin embargo, la resistencia vecinal frustró el proyecto habitacional vía Procrear y finalmente sólo se concreto el Museo MAR y la apertura de calles, venciéndose en 2020 el plazo de cinco años para la expropiación.
Ahora, a casi 20 años de aquella compra, los titulares del inmueble iniciaron una demanda judicial contra la Municipalidad de General Pueyrredon y la Provincia de Buenos Aires para lograr una expropiación inversa, es decir, que la Justicia obligue a ambas jurisdicciones estatales a materializar la expropiación con el pago de una “indemnización justa y adecuada”.
El argumento central de los demandantes es que si bien la expropiación nunca se efectuó y siguen siendo los titulares, por la restricción normativa nunca pudieron usufructuar el inmueble. De hecho, en 2021 iniciaron un proceso ante la Comuna, donde se ratificó la vigencia de la Ordenanza 19.640.
“La Municipalidad y la Provincia nos han privado del goce de nuestra propiedad, imponiéndonos severas limitaciones urbanísticas que implican, en los hechos, una desposesión efectiva sin que medie un proceso expropiatorio legítimo ni una indemnización previa, justa y adecuada. Esta afectación arbitraria -sostenida en el tiempo- resulta no solo ilegal e inconstitucional, sino también contraria a los principios éticos y republicanos que deben regir el actuar estatal”, sostiene la demanda a la que accedió 0223 y que tramita el Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de Mar del Plata.
En caso de no darse curso a esta pretensión, la parte demandante solicitó que se declare el abandono de la expropiación, restableciendo todas las facultades que conlleva el derecho de propiedad. Esto incluye un elemento clave: el dejar sin efecto la reclasificación urbanística del inmueble como plaza y el otorgamiento de un nuevo indicador similar a la zona aledaña, donde se vienen otorgando modificaciones que habilitan la construcción de edificios en el frente costero.
La postura de la Municipalidad
En la contestación presentada por sus abogados, la Comuna hizo un repaso de los hechos, de los cuales concluyó que los propietarios “no fueron privados de la posesión de su inmueble, el cual nunca funcionó como parque o plaza, siguió siendo el mismo lote baldío que ellos adquirieron en subasta”, a lo que agregó que hasta 2020 nunca pidieron el cambio de indicador urbanístico para poder construir.
Eso finalmente lo solicitaron en un expediente municipal para aclarar la vigencia de la ordenanza citada, el cual concluyó con un decreto del intendente Guillermo Montenegro en 2023, donde se ratifico la vigencia de dicha normativa pero se rechazó cambiar indicadores, ya que eso debe realizarse vía Concejo Deliberante, no teniendo competencia el Ejecutivo.
Asimismo, desde la defensa se remarcó que cuando un terreno o distrito está catalogado como "Urbanización futura” en un plan regulador municipal, significa que esa área está destinada a ser desarrollada como zona urbana en el futuro, pero todavía no está habilitada para construcciones o usos urbanos intensivos inmediatos, por ello no hubo afectación alguna al patrimonio de los demandantes en estos años.
“Cuando los accionantes compraron el lote éste ya estaba catalogado como perteneciente al Distrito Urbanizaciones Futuras (UF), es decir que antes del dictado de la Ordenanza de expropiación tampoco estaba habilitado para construir, por cuanto no es cierto que el cambio de UF a UP le generó derecho a indemnización”, insistió la Comuna, hablando que la inversión en lotes de este tipo forma parte de una “riesgo inherente al negocio inmobiliario”, donde el Municipio no está obligado a habilitar construcciones. Este aspecto se torna relevante al pensar el avance de la subasta que ahora quiere realizar la Aabe.
Por su lado, la Fiscalía de Estado, en representación de la Provincia, manifestó ser ajena al conflicto, ya que la ley de expropiación venció en sus plazos, por lo que pidió ser excluida del proceso judicial.
La última novedad en la causa ocurrió la semana pasada, cuando los vecinos demandantes añadieron como hecho nuevo el proceso de subasta iniciado por el gobierno nacional. Argumentan que ello incide en el monto de la indemnización, porque evidencia el desarrollo de un proyecto inmobiliario.
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