Santiago Aquindo deberá permanecer internado y la Justicia lo controlará durante 8 años

La Justicia de Mar del Plata decidió imponerle una medida de seguridad al joven que atropelló y mató a dos motociclistas cuando circulaba a 130 kilómetros por hora por Constitución.

Así fue la postal de muerte que protagonizó Aquindo en octubre del 2018.

24 de Mayo de 2022 17:51

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Justicia de Mar del Plata resolvió este martes una medida de seguridad por ocho años contra Santiago Aquindo, el joven que en octubre de 2018 atropelló y mató a dos motociclistas cuando circulaba a 130 kilómetros por hora por Constitución.

En una resolución que dio a conocer hace instantes Federico Wacker Schroder, el juez a cargo del proceso judicial, se determinó que el automovilista deberá permanecer internado en una institución de salud mental para someterse a un tratamiento que garantice una recuperación plena.

"En principio, la medida de seguridad va a ser a través de una internación involuntaria pero luego estará sujeto a una nueva evaluación interdisciplinaria en donde se determinará si Aquindo puede o no continuar con este tratamiento en forma ambulatoria", aclararon fuentes judiciales consultadas por 0223.

El tratamiento, actualmente, requiere mantener la internación en la Clínica Atlántica de esta ciudad, donde Aquindo se encuentra alojado desde hace dos años y dos meses.

De todos modos, en caso de que a futuro se conceda la posibilidad de internación ambulatoria, las mismas fuentes ratificaron que el joven que atropelló y mató a Francisco Murcia y Pablo Pereira "siempre estará bajo supervisión y control" de la Justicia de Ejecución Penal, hasta tanto finalicen los ocho años que se fijaron como plazo de la medida.

"El control va a ser desde el órgano penal, con un seguimiento conforme a lo que marca la ley de Salud Mental y el protocolo que ya dispone la Suprema Corte", ratificaron al respecto.

El planteo de la fiscal Salas inclinó al juez Wacker Schroder a resolver la medida de seguridad por ocho años.


La resolución está a tono con el pedido que formuló el viernes, durante la instancia de alegatos, la titular de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) N°5, Florencia Salas. "Es una resolución muy importante. Las familias de las víctimas quedaron conformes", resaltaron desde el Ministerio Público Fiscal.

Los abogados de los particulares damnificados se habían expresado en la misma sintonía aunque algunas de sus solicitudes eran más duras: exigían una medida de seguridad por diez años y que el juez dictamine una medida de inhabilitación para volver a conducir.

En ese sentido el magistrado dispuso que se le de intervención a la Dirección de Tránsito local y al ANMAC, con el objeto de que se analicen y evalúen las sanciones y/o restricciones administrativas que correspondan.

Y la defensa de Aquindo planteó que no era necesaria una medida de seguridad al considerar que el joven no revestía un criterio de "peligrosidad social", algo que finalmente desestimó el juez Wacker Schroder.

¿Por qué "medida de seguridad"?

El 29 de abril, tras cinco días de debate, un jurado popular resolvió un veredicto no condenatorio contra Santiago Aquindo después de declararlo "inimputable". Los doce integrantes del jurado entendieron que había sufrido un brote psicótico al momento del hecho, circunstancia que le impidió comprender la brutal criminalidad de los actos que provocó.

Como esta declaración veda cualquier posibilidad de condena, en la última etapa de este proceso la Justicia tuvo que evaluar si correspondía la aplicación de una medida de seguridad. Esta instancia no tiene un carácter punitivo sino que solo apunta a prevenir escenarios de riesgo según las condiciones de salud mental de la persona juzgada.

En la madrugada del 31 de octubre del 2018, Aquindo terminó con la vida de Murcia y Pereira, dos jóvenes motociclistas de 33 y 38 años, al chocarlos en Constitución y Roldán. El joven conducía a más de 130 kilómetros por hora, descalzo y con semáforo en rojo.