Bonificación docente: la Procuración dictaminó en contra de la Municipalidad y podría afrontar millonarias indemnizaciones

Julio Conte Grand planteó la inconstitucionalidad del descuento realizado a los docentes entre 2018 y 2019. Recomendó a la Suprema Corte revertir tres fallos de Cámara que le habían negado a docentes cobrar las diferencias no percibidas.

El reclamo docente copó la agenda política municipal entre 2018 y 2019. Foto: 0223.

5 de Julio de 2022 11:00

Un duro revés recibió el gobierno municipal en su disputa judicial por no pagar las diferencias salariales por una bonificación que docentes municipales no percibieron cuando, durante la gestión de Carlos Arroyo, se la eliminó entre octubre de 2018 y diciembre de 2019. Es que la Procuración General dictaminó la inconstitucionalidad del descuento sufrido por los docentes, en el marco de tres causas que llegaron a la Suprema Corte luego que la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata fallará a favor de la Comuna.

Como principal fundamento, el procurador bonaerense Julio Conte Grand planteó la violación del principio de progresividad establecido en el Artículo 39 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y en tratados internacionales a los que adhiere Argentina, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. De ese modo, recomendó a la Suprema Corte hacer lugar al recurso extraordinario de inconstitucional presentado en tres demandas colectivas, donde docentes habían recibido en agosto de 2021 sentencias favorables del Juzgado Contencioso Administrativo N°2, revocadas en noviembre por la Cámara.

Los dictámenes de la Procuración, a los que accedió 0223, fueron incorporados el pasado 24 de junio a las causas “Selmi María”, “Pérez Vanesa” y “Gennaro Marta”, en tres demandas colectivas impulsadas por 41 docentes municipales. Son las tres primeras causas que llegaron al máximo tribunal bonaerense, de un total de 58 expedientes judiciales con el reclamo de 750 trabajadores, que se encuentran en distintas instancias procesales.

El recorte de la bonificación abrió una crisis en el gobierno de Carlos Arroyo, aquí en compañía del secretario de Educación, Luis Distéfano, y la subsecretaria Susana Rivero. Foto: 0223.

A través del Decreto 2272/18, el entonces intendente Carlos Arroyo eliminó en octubre de 2018 una bonificación que a los docentes del Sistema Educativo Municipal les permitía tener un salario equiparado al del resto de los municipales y por encima de los docentes bonaerenses, en base a la diferencia entre el sueldo y bonificaciones asignadas por la Provincia de Buenos Aires para el cargo de maestro de grado y el del nivel 12 del escalafón municipal con una carga horaria de 35 hs semanales. La medida, que abrió un fuerte y largo conflicto con el Sindicato de Trabajadores Municipales, estuvo vigente hasta diciembre de 2019, y fue finalmente restablecida por Guillermo Montenegro a poco de asumir el cargo de intendente. Sin embargo, el gobierno no reconoció el pago de las diferencias no percibidas por los docentes en esos 14 meses, estimada extraoficialmente en unos $200 millones, lo que abrió el frente judicial.

 

“Sin razonabilidad constitucional”

En el dictamen de 12 carillas, Conte Grand se apoyó en una cuantiosa jurisprudencia de la Suprema Corte bonaerense y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto al alcance del principio de progresividad, el cual “veda al legislador la posibilidad de adoptar medidas regresivas injustificadas”.  Además, expresó que “no solo es un principio arquitectónico de los Derechos Humanos, sino también una regla que emerge de las disposiciones de nuestro propio texto constitucional”.

“La progresividad impone la obligación de avanzar en la plena efectividad de los derechos y de no adoptar medidas regresivas tendientes a desmejorar la situación jurídica de sus titulares”, agregó el procurador. En esa línea, concluyó que el Decreto 2278/18 “no pudo disponer la rebaja salarial en perjuicio de los trabajadores de la educación en ausencia de radical demostración de su razonabilidad constitucional”, considerando además que el beneficio era percibido por los trabajadores de la educación desde 1989.

En sus consideraciones, Conte Grand abrió la puerta a que la administración pública pueda tomar medidas regresivas en caso de estar “debidamente motivas”, situación en la que, argumentó, no se encuadra la decisión tomada por Arroyo a fines de 2018.  

El procurador Conte Grand recomendó a la Suprema Corte aceptar el planteo de inconstitucionalidad de los docentes. Foto:Télam.

Finalmente, aseguró que “los docentes sufrieron un sensible menoscabo en sus ingresos a raíz de la modificación de la base para su cálculo”, lo que fue reconocido por la Ordenanza 18.189 del Concejo Deliberante que buscó restituir las bonificaciones docentes en noviembre de 2018 y la Ordenanza de Insistencia 18.257 de diciembre del mismo año, aprobada luego que Arroyo vetará la primera. En el escrito judicial también se inscribió en esa tendencia al Decreto 79/2020 de Montenegro, por el cual restituyó el beneficio, una propuesta que había sido parte de su campaña electoral.

Tras recibir los dictámenes de la Procuración General, el 1° de julio la Suprema Corte formalizó el llamado de autos para resolver, por lo que se espera una sentencia definitiva para las próximas semanas. Si bien la postura de Conte Grand no es vinculante, alimenta las expectativas de los docentes municipales de recibir una sentencia favorable de la Suprema Corte que les permita cobrar los descuentos sufridos, más los correspondientes intereses. Asimismo, instala una preocupación en el gobierno al momento de analizar el impacto económico que tendría un fallo negativo.